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13 Feb 2019 |
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DISTRITO |
NRO. SOLICITANTES |
PATINETES SOLICITADOS |
CAPACIDAD MÁXIMA |
PATINETES CONCEDIDOS |
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CENTRO |
20 |
6.951 |
360 |
310 |
|
ARGANZUELA |
19 |
4.971 |
260 |
212 |
|
RETIRO |
20 |
3.718 |
190 |
166 |
|
SALAMANCA |
21 |
5.190 |
265 |
210 |
|
CHAMARTÍN |
22 |
7.290 |
380 |
348 |
|
TETUÁN |
22 |
6.538 |
365 |
278 |
|
CHAMBERÍ |
21 |
4.677 |
215 |
160 |
|
FUENCARRAL-EL PARDO |
20 |
10.107 |
925 |
823 |
|
MONCLOA-ARAVACA |
20 |
9.799 |
800 |
726 |
|
LATINA |
16 |
4.256 |
570 |
465 |
|
CARABANCHEL |
14 |
5.197 |
705 |
577 |
|
USERA |
14 |
3.290 |
405 |
367 |
|
PUENTE DE VALLECAS |
13 |
4.958 |
680 |
595 |
|
MORATALAZ |
11 |
1.116 |
145 |
124 |
|
CIUDAD LINEAL |
18 |
6.377 |
505 |
451 |
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HORTALEZA |
18 |
9.392 |
865 |
765 |
|
VILLAVERDE |
6 |
1.904 |
515 |
410 |
|
VILLA DE VALLECAS |
7 |
2.244 |
480 |
387 |
|
VICÁLVARO |
7 |
1.926 |
400 |
343 |
|
SAN BLAS-CANILLEJAS |
15 |
4.720 |
580 |
526 |
|
BARAJAS |
11 |
3.033 |
390 |
367 |
|
SIN DETALLAR |
2 |
440 |
- |
- |
|
TOTAL |
25 |
108.094 |
10.000 |
8.610 |
Las 18 empresas que han recibido la autorización son: Acciona, Eskay, Voi, Taxify, Scoot, Koko, Ufo, Rideconga, Flash, Mobike, Ari, Tier, Alma, Lime, Motit4u, Wind, Jump Uber, SJV Consulting. Por el contrario, se les ha denegado el permiso por no cumplir los requisitos a Bird, Donkey, Movo, Cabcar, Cabify, Taxir y Mygo.
Se encuentran en tramitación igualmente otras tres solicitudes recibidas de sendas empresas, por un total superior a las 3.000 unidades adicionales, que en todo caso estarán sometidas a condiciones similares.
Requisitos de seguridad
Para conseguir la autorización, las empresas deben tener seguro para usuarios y terceras personas, geolocalización, así como aplicaciones que impidan que los puntos de inicio y llegada de los trayectos se realicen en zonas por donde no pueden transitar los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad urbana.
Además, para mantener las autorizaciones, las empresas deberán redistribuir diariamente la flota y empezar cada jornada con los patinetes en los barrios y distritos para los que hayan conseguido el permiso.
Por dónde circular
Además de regular el funcionamiento de las empresas de patinetes eléctricos, la Ordenanza de Movilidad Sostenible también incluye por primera vez por dónde pueden circular y aparcar. Por seguridad, se recoge que los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad urbana tienen prohibido ir por la acera, carriles bus, calles con más de un carril por sentido, y por accesos y tramos no semaforizados de la M-30.
Podrán circular por carriles bici, pistas bici, por la calzada de calles integradas dentro de zonas 30 respetando la prioridad del peatón y por las calles en las que en todos sus carriles la velocidad máxima de circulación sea igual o inferior a 30 kilómetros. Principalmente, son aquellas de un carril por sentido o un solo carril y representan aproximadamente un 85 % de las calles de Madrid. Además, en la ciudad de Madrid existen 342,65 kilómetros de carriles bici. Está previsto que a lo largo de este 2019 se creen otros 12,70 kilómetros de carriles bici segregados.
Como el resto de los vehículos, deberán cumplir el límite máximo de velocidad permitido de cada vía por la que circulen. En los parque públicos, pueden circular por aquellas vías en las que esté permitido la circulación de bicicletas. Si son sendas compartidas con el peatón se limita la velocidad a 5 kilómetros por hora.
Cómo estacionar
Los patinetes, como el resto de los vehículos de movilidad urbana de tipo A y B, deben estacionar en las reservas destinadas a motocicletas y bicicletas. Si no las hay, podrán aparcarse en la banda de estacionamiento general de la calzada y en último caso en las aceras, siempre que lo hagan junto al bordillo y dejen más de tres metros de ancho libre. En aceras de menos de seis metros, paralelamente al bordillo. Y, si la acera tiene más de seis metros, en semibatería o ángulo junto al bordillo. Siempre deberán guardar una distancia mínima de 2 metros respecto a los pavimentos tactovisuales al objeto de garantizar la movilidad de las personas con discapacidad visual.
No podrán estacionar en aceras cuando las calles sean de especial protección para el peatón o exista señalización específica que lo prohíba, como sucede en Gran Vía. Tampoco podrán aparcar en el ámbito peatonal de las reservas de transporte público colectivo (paradas autobuses de Empresa Municipal de Transporte), ni en el ámbito peatonal de las plazas reservadas para personas de movilidad reducida. Tampoco en el de las paradas de taxi ni sobre tapas de alcantarillado ni de otros servicios (telecomunicaciones, energía, etc).
Quién puede conducir patinetes eléctricos
La edad permitida para circular con VMU por las vías y espacios públicos es de 15 años. Los menores de 15 años solo podrán hacerlo en patinetes adecuados a su edad, altura y peso y circular en itinerarios autorizados y practicados con guía (desde los 10 años) o bien fuera de las zonas de circulación, en espacios cerrados al tráfico, y acompañados y bajo la responsabilidad de sus progenitores o tutores.
Se recomienda la utilización de casco, pero solo es obligatorio para los menores de 16 años. Sin embargo, todos deben llevar timbre, sistemas de frenado, luces y elementos reflectantes y no pueden llevar auriculares conectados a aparatos reproductores o receptores de sonido. /