Desde 2007 ha sido portavoz de Ciudadanos por Ciempozuelos
Pedro Torrejón, exalcalde de Ciempozuelos, ha presentado su renuncia como concejal del Ayuntamiento, una decisión que se hará efectiva en el próximo pleno ordinario y que marca el final de una trayectoria política iniciada en 1980 en el PSOE, donde fue alcalde entre 2003 y 2006 hasta su dimisión por el 'caso Ciempozuelos', del que fue absuelto posteriormente. Tras su salida del PSOE, fundó Ciudadanos por Ciempozuelos en 2007, formación con la que ha ejercido como portavoz de la oposición en los últimos años.
Su puesto será ocupado por Juan Añover, que ocupaba el segundo lugar en la lista electoral de CPCI en las últimas elecciones municipales. La renuncia de Torrejón representa el cierre de un capítulo significativo en la política de Ciempozuelos. La llegada de Juan Añover al cargo sugiere un cambio en la dinámica política del municipio. La carrera de Torrejón ha estado marcada por logros y desafíos, y su legado continuará siendo un tema de discusión en la comunidad.
El caso Ciempozuelos fue uno de los escándalos de corrupción urbanística más sonados de la Comunidad de Madrid en la década de 2000. La investigación, impulsada por una denuncia de Manos Limpias en 2006, señalaba a los exalcaldes socialistas Pedro Torrejón y Joaquín Tejeiro por haber recibido presuntas comisiones millonarias de constructoras a cambio de recalificar terrenos municipales . El caso dio un giro cuando se descubrió que ambos habían abierto cuentas en el banco andorrano Andbanc, para lo que falsificaron un contrato que simulaba una comisión de 40 millones de euros .
Tras casi diez años de instrucción, la Audiencia Provincial de Madrid absolvió en 2015 a todos los acusados de los delitos de blanqueo, cohecho y prevaricación . Sin embargo, el Tribunal Supremo revocó parcialmente la sentencia en 2016 y condenó a ambos exalcaldes a un año de prisión por un delito de falsedad en documento mercantil, al considerar probado que enviaron el contrato falso a Andorra . La condena, que supuso el vaciado de contenido del caso, no afectó a la absolución del resto de delitos . |