FACUA Madrid ha conseguido que Cetelem devuelva los 4.550 euros 	de  un préstamo a una afectada por el cierre de las clínicas de 	iDental,  que se quedó sin recibir un tratamiento que apenas acababa 	de comenzar.
Mercedes P.P., vecina de Rivas Vaciamadrid, acudió a la clínica 	de  iDental de su localidad en diciembre de 2016. En ella le hicieron 	una  valoración y le recomendaron un tratamiento que incluía 	numerosas  intervenciones, entre otras, la colocación de tres 	implantes de titanio  y nueve coronas de porcelana. Para financiarlo, 	la clínica dental le  ofreció la posibilidad de fraccionar el pago, 	y para hacerlo, le  facilitó la suscripción de un préstamo con la 	financiera Cetelem, por  un importe de 4.550 euros.
En enero de 2017, la afectada comenzó el pago del tratamiento. 	Sin  embargo, y a pesar del inicio de la financiación y haber 	acudido a las  consultas iniciales, Mercedes comenzó a sufrir 	incumplimientos por  parte de la clínica. Así, le fueron retrasando 	la colocación de los  implantes con cancelaciones injustificadas de 	citas. Cuando ya llevaba  pagados 2.275 euros (la mitad del 	tratamiento) a pesar de los continuos  retrasos, la clínica de 	iDental de Rivas Vaciamadrid cerró y la  afectada se quedó con la 	deuda, pero sin recibir el tratamiento. La  mayor parte de los 	trabajos previstos no se habían realizado y los que  sí lo habían 	hecho no se habían completado, con los consecuentes  inconvenientes 	en su salud bucodental que esto conlleva.
Puesta en contacto con la financiera, Cetelem le negó la 	posibilidad  de paralizar los pagos argumentando que se trataba de un 	cierre  parcial, y que podía acudir a otra clínica de la misma 	empresa a  finalizar su tratamiento. Sin embargo, iDental fue 	cerrando  progresivamente y en unos pocos meses todos sus centros en 	España, sin  previo aviso a sus pacientes y sin que se les ofreciese 	ninguna  información ni solución de continuidad. Ni siquiera se les 	facilitó los  historiales clínicos para poder acudir a otros 	dentistas.
Ante la negativa de la financiera de suspender el pago y la 	 imposibilidad de continuar con el tratamiento pese a haber 	transcurrido  más de un año desde su inicio, la afectada decidió 	en junio de 2018  acudir a FACUA Madrid.
La asociación decidió entonces reclamar ante la propia empresa 	y  ante la financiera en nombre de la afectada, solicitando la 	 paralización del crédito y la devolución de lo que ya habían 	cobrado  dado el claro incumplimiento de contrato.
En su reclamación, FACUA Madrid recordaba que el Código Civil 	 establece, en su artículo 1.124 que "la facultad de resolver 	las  obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el 	caso de  que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe. El 	perjudicado  podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la 	resolución de la  obligación, con el resarcimiento de daños y 	abono de intereses en ambos  casos".
Además, el artículo 29 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de 	 contratos de crédito al consumo entiende como crédito vinculado 	aquel  "que sirve exclusivamente para financiar un contrato 	relativo a la  prestación de servicios específicos" y 	especifica que "ambos contratos  constituyen una unidad 	comercial", por lo que la interrupción de uno  supone la 	resolución del otro. "El consumidor, además de poder 	 ejercitar los derechos que le corresponden frente al proveedor de 	los  bienes o servicios adquiridos mediante un contrato de crédito 	 vinculado, podrá ejercitar esos mismos derechos frente al 	prestamista".
Finalmente, y pese a la falta de respuesta de la compañía, 	Cetelem  resolvió en noviembre de 2018 cancelar el crédito firmado 	por Mercedes  para su tratamiento dental y devolver las cuotas que 	había cobrado  hasta ese momento.