Modifican el numerito y la tasa de vados
El Pleno Municipal Ordinario del mes de octubre ha aprobado por unanimidad la propuesta presentada por el Primer Teniente de Alcalde y Delegado de Hacienda, José de Ruz, para la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Aranjuez.
Con esta modificación, el Ayuntamiento amplía el periodo para la bonificación fiscal destinada a los vehículos menos contaminantes. A partir de su aprobación definitiva, los vehículos que produzcan emisiones de CO₂ inferiores a 90 gramos por kilómetro tendrán derecho a una bonificación del 75% de la cuota correspondiente al año de matriculación y del 50% durante los cuatro ejercicios siguientes.
Hasta ahora, dicha bonificación se aplicaba solo durante el año de matriculación y el ejercicio siguiente. La medida supone, por tanto, una ampliación del beneficio fiscal a un total de cinco años, incentivando así la adquisición y el uso de vehículos más respetuosos con el medio ambiente. Para obtener la citada bonificación los interesados deberán presentar una solicitud a través del Modelo 159 (descargar aquí) ante la Administración Tributaria Municipal, acompañada de la documentación técnica del vehículo o del certificado del fabricante que acredite las emisiones de CO₂.
El Gobierno Municipal impulsa esta bonificación como una medida adicional dentro del conjunto de actuaciones anunciadas, con el objetivo de aliviar, en la medida de lo posible, la carga fiscal que la Tasa de Gestión de Residuos impuesta por el Gobierno de la Nación a los vecinos.
El Pleno Ordinario correspondiente al mes de octubre del Ayuntamiento de Aranjuez ha aprobado por mayoría, con el voto en contra del Grupo Municipal PSOE, la propuesta presentada por el Primer Teniente de Alcalde y Delegado de Hacienda, José de Ruz, para la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por el aprovechamiento especial del dominio público por la entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de aparcamiento exclusivo.
La modificación afecta en lo relativo al franqueo de aceras sin señalización para garajes de plaza única, estableciéndose las siguientes tarifas anuales por metro lineal y zona:
Zona 1: 23,41 €/metro al año.
Zona 2: 21,41 €/metro al año.
Zona 3: 19,39 €/metro al año.
Esta actualización de la tasa se fundamenta en el cálculo técnico-económico elaborado conforme a: criterios de valor de mercado del suelo urbano, aplicando la metodología de valoración de derechos de uso y usufructo establecida en el Real Decreto 829/1995, de 29 de mayo, así como el análisis detallado de los valores catastrales del suelo por zonas y la intensidad de uso del dominio público.
Como resultado, la nueva tarifa refleja una estimación más ajustada a la realidad del aprovechamiento efectivo de las aceras sin reserva de aparcamiento exclusivo, suponiendo, además, una reducción media del 47,5 % respecto a las tarifas vigentes.
El procedimiento continuará con la exposición pública del acuerdo provisional durante treinta días hábiles, periodo en el que los interesados podrán examinar el expediente y presentar alegaciones. De no formularse reclamaciones, el acuerdo quedará automáticamente elevado a definitivo, entrando en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid. |