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30 Mar 2013 |
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La pena, recurrible, no implica que entre en prisión, pero sí inhabilitación durante el tiempo de la condenaEl Oficial de Policía de Coslada Ginés Jiménez ha vivido esta Semana Santa su propio viacrucis, después de que el juzgado número 13 de Madrid decidiese condenarle a un ano y seis meses de prisión por obstrucción a la Justicia. La condena, que es recurrible, supondrá la suspensión del derecho de sufragio pasivo del policía, además de su inhabilitación especial para el cargo que desempeña, y viene acompañada de una multa de diez meses con una cuota de diez euros al día. La condena es consecuencia de la sentencia dictada tras la celebración de la vista oral de una pieza separada del caso Coslada. En concreto se acusaba a Ginés de haber coaccionado a un testigo del caso, por lo que ya pasó seis meses de prisión preventiva. La vista oral, que se celebró los días 24 de enero y 5 de marzo, terminaba con la petición del Ministerio Fiscal de una pena de prisión de cuatro años, que el juez ha rebajado a año y medio. La condena es recurrible, y el abogado del policía ya ha anunciado que será recurrida y, al ser inferior a dos años de cárcel, no implicaría, de ser firme, la entrada en prisión de Ginés. Precisamente Oscar Zein informaba de cuáles serán los argumentos del recurso: “no se ha tenido en cuenta la total ausencia de violencia e intimidación que exige el tipo de delito por el que se le condena, la nulidad de las pruebas obtenidas sin autorización judicial, presuntamente manipuladas y sin cadena de custodia, la declaración de los testigos de la defensa así como las contradicciones de la testigo". |