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25 Sep 2023 |
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Aprobado en Consejo de MinistrosEl Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se declara "Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil" el territorio afectado como consecuencia de diferentes episodios de incendios forestales y de fenómenos meteorológicos adversos. Con este acuerdo, se declara zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil (ZAEPC) 28 comarcas dañadas por distintos fenómenos meteorológicos adversos e incendios forestales registrados en las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunitat Valenciana, Illes Balears, Comunidad de Madrid y Región de Murcia durante este mes de septiembre. Entre estas emergencias destaca la depresión aislada en niveles altos (DANA) que provocó precipitaciones persistentes, generalizadas y en algunos puntos de extremada fuerza desde la madrugada del día 2 de septiembre, que causaron la muerte de ocho personas y numerosas incidencias en prácticamente todas las provincias de las comunidades autónomas afectadas. Las lluvias torrenciales produjeron además inundaciones en calles, bajos, garajes y carreteras, desprendimientos, cortes puntuales de electricidad y problemas de circulación de trenes, así como numerosos daños en infraestructuras y en bienes públicos y privados, cultivos y explotaciones agropecuarias, polígonos industriales y otras instalaciones productivas. La decisión del Consejo de Ministros abre la vía para que los afectados por estas emergencias puedan solicitar las ayudas previstas para paliar daños personales; daños materiales en vivienda y enseres y en establecimientos industriales, mercantiles y de otros servicios; así como las que corresponden corporaciones locales cuyos territorios se vieron afectados por las lluvias. Estas ayudas se conceden con apoyo en el principio de solidaridad interterritorial y de manera subsidiaria, para complementar las actuaciones que, en ejercicio de sus competencias, tienen encomendadas de las comunidades autónomas. Las medidas de recuperación previstas en este acuerdo, previstas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, y cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, son las siguientes:
Otras medidas
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