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17
Jun
2020
La justicia tumba la moratoria de Madrid Central de forma definitiva PDF Imprimir E-mail
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Foto cedida por Ayuntamiento de MadridDa la razón a Ecologistas en Acción después de aceptar las medidas cautelares que volvieron a poner en marcha la zona de exclusión

Ecologistas en Acción de Madrid muestra su satisfacción por la tajante sentencia contra el intento del Gobierno municipal de desvirtuar Madrid Central a principios de su mandato. Como es sabido, el Ayuntamiento de Madrid intentó, con un acuerdo de Junta de Gobierno de 27 de junio de 2019, suspender el sistema de multas de Madrid Central como mínimo durante tres meses, entre julio y septiembre.

Gracias a la petición de Ecologistas en Acción de Madrid de medidas cautelarísimas, ese acuerdo se suspendió a la semana de ponerse en práctica. Ahora, el magistrado del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 24 de Madrid dicta sentencia, confirmando aquellas disposiciones cautelares: la suspensión de multas que se aprobó en Junta de Gobierno y que puso en práctica el Ayuntamiento no se ajusta a derecho y se anula el acuerdo en el que se aprobaron. Da la razón en todos sus argumentos a la organización ecologista, aunque no condena en costas al Ayuntamiento.

La orientación de la contundente sentencia se puede resumir en el siguiente párrafo literal de la misma: “la existencia de deficiencias en el sistema de multas debe ceder ante la protección a la salud y al medio ambiente. Lo primero que debe destacarse es que ante una medida dirigida a la protección del medio ambiente como es Madrid Central, el Acuerdo municipal no ofrece ninguna alternativa para suplir la supresión de la zona de bajas emisiones, ni justifica tampoco que la misma haya sido ineficaz o haya producido un daño mayor del que trataba de evitar, ello en el plano medioambiental. La protección a la salud y al medio ambiente son principios que deben regir la actuación de los poderes públicos, y en este caso es exigible en mayor medida dado que se está suprimiendo una actuación tendente a proteger ambos bienes constitucionales, sin ofrecer alternativas ni medidas opcionales.”

En un exhaustivo repaso, en las veinte páginas de sentencia, el juez valida todos y cada uno de los argumentos usados por Ecologistas en Acción frente a la defensa del Ayuntamiento de Madrid, cuyos razonamientos son inconsistentes: que los supuestos problemas con las multas no implicaban una necesidad de suprimir el funcionamiento de Madrid Central; que el Ayuntamiento no acredita debidamente que el número de incidencias fuera inmanejable; que no se entiende la incompatibilidad que alegaba el Gobierno municipal de hacer una auditoría con el hecho de mantener simultáneamente el funcionamiento de la zona de bajas emisiones; etc.

En definitiva, el juez no admite pasos atrás en la protección de la salud o del entorno, dejando claro que “el derecho al Medio Ambiente debe ser considerado como el derecho a que éste sea preservado, protegido del deterioro y, en su caso, mejorado en el momento y lugar concreto en que se manifieste una situación de degradación efectiva o potencial.”

Para Ecologistas en Acción esta sentencia judicial es una magnífica noticia, que da la razón a quienes defendemos el derecho de las personas que vivimos en Madrid a respirar aire limpio, frente a quienes priorizan el supuesto derecho a circular con vehículos contaminantes, aún a costa de la salud de los demás. Esperamos que el Gobierno municipal recapacite y definitivamente abandone sus planes para desmantelar Madrid Central, al tiempo que pone en marcha con decisión las medidas del vigente Plan A en todo el territorio municipal.

 

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