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05
Abr
2023
Comienza oficialmente la precampaña de las Elecciones Locales y Autonómicas PDF Imprimir E-mail
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Foto cedida por CAM

El Gobierno y la Comunidad lanzan las web oficiales, y Correos habilita el voto por correo

El Ministerio del Interior ha lanzado el logo oficial de los comicios locales del próximo 28 de mayo, así como la página web elecciones.locales2023.es en la que se recoge información relevante para los ciudadanos sobre cómo ejercer su derecho al voto, el calendario electoral, o las distintas candidaturas que se presentan, entre otras cuestiones.

La web presenta un diseño atractivo y moderno, lo que facilita una navegación amigable por los distintos contenidos que se integran en torno a cuatro grandes apartados: información general, formaciones políticas, personas que integran las mesas y accesibilidad.

Los electores podrán resolver en este portal cualquier duda sobre las modalidades de voto presencial o por correo; sobre los horarios de apertura de los colegios; o sobre los documentos de identificación personal que se deberán presentar en las mesas electorales.

Un apartado importante es el dedicado a la accesibilidad en el que se incluye información general tanto para las personas que acuden al local electoral a votar como para las personas forman parte de las mesas electorales. En este último caso, se incide especialmente en las personas sordas y ciegas o con discapacidad visual y en las herramientas puestas a su disposición para ejercer sus funciones en una mesa electoral.

La página web está disponible en castellano, catalán, gallego, euskera y valenciano y, como novedad este año, también en inglés con el objetivo de facilitar información a aquellos extranjeros residentes en nuestro país que tienen reconocido su derecho a participar en las elecciones locales.

El acceso a elecciones.locales2023.es podrá realizarse también a través de un destacado de la página web del Ministerio del Interior.

El portal cumple con la normativa vigente de accesibilidad a los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, recogida en el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, y se exige también el cumplimiento de la norma UNE-EN 301549:2019. Por otra parte, una vez puesta en producción, la ONCE, a través de CIDAT, realiza una revisión de la web para comprobar que cumple con los criterios de accesibilidad para personas ciegas.

Además de la página web, este martes se lanza también el logo oficial de las elecciones locales 2023, un diseño que utiliza líneas sencillas en las que destaca la fecha del 28 y la inicial M de mayo, y en el que se especifica la leyenda 'elecciones locales 2023'.

De acuerdo al artículo 42.3 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, el real decreto publicado este martes en el BOE convoca elecciones locales para cubrir los cargos de concejales de los municipios no sometidos a concejo abierto; los alcaldes de los municipios que, por tradición o en virtud de normativa autonómica, tengan adoptado el régimen de concejo abierto, así como los consejeros de los cabildos insulares del archipiélago canario.

Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en los estatutos de autonomía de Ceuta y de Melilla, el real decreto convoca la elección de miembros de las asambleas de estas dos ciudades autónomas, comicios que se celebrarán en la misma fecha.

La campaña electoral durará quince días y comenzará a las 00.00 horas del viernes 12 de mayo y finalizará a las 24.00 horas del viernes 26 de mayo.

La Comunidad de Madrid ha publicado el Portal web de las Elecciones (https://elecciones.comunidad.madrid), que incluye toda la información útil y necesaria para los ciudadanos con derecho a voto en los comicios autonómicos a la Asamblea regional que se celebran el próximo 28 de mayo.

Los usuarios de este recurso web podrán consultar de manera sencilla cómo ejercer el derecho de sufragio en mesa en caso de hacerlo por primera vez, el voto por correo o el procedimiento a seguir en caso de ser residentes ausentes en el extranjero. Para ello, como novedad, esta herramienta incorpora vídeos tutoriales explicativos sobre estas y otras cuestiones de interés.

A través de este Portal, los votantes incluidos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) podrán también por primera vez descargarse las papeletas con las diferentes candidaturas que confluyen a los comicios, después de la reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General que eliminó el voto rogado.

Este espacio web proporciona información sobre cómo solicitar el kit adaptado para las personas con discapacidad visual y una Guía Práctica en lectura fácil para los casos de discapacidad intelectual. Además, permite a los interesados consultar los datos del censo, localizar el colegio en el que les corresponde votar, informarse sobre sus derechos y obligaciones y encontrar respuesta a las preguntas más frecuentes.

Asimismo, incorpora los resultados de los comicios autonómicos anteriores, y permitirá el 28 de mayo seguir en tiempo real los avances de participación, escrutinio y resultados. El Portal estará en permanente actualización conforme avance la jornada y es accesible desde cualquier ordenador o dispositivo móvil.

Ya es posible solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas y municipales que se celebrarán el domingo, 28 de mayo de 2023, de acuerdo con la convocatoria publicada este martes.

Los electores que decidan votar por correo pueden solicitar hasta el día 18 de mayo (inclusive) el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral correspondiente. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse, por vía telemática a través de la web www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.

Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su personalidad mediante firma electrónica y aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.

Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello el elector tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.

Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 8 de mayo, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo. El plazo de depósito del voto por correo finalizará el 24 de mayo de 2023.

 

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