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13
Ene
2026
El ex Fiscal General se convierte en Fiscal de lo Social del Supremo PDF Imprimir E-mail
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La inspección de la Fiscalía General debe decidir si la sentencia de inhabilitación también afecta a su situación profesional

Álvaro García Ortiz, quien recientemente fue condenado a inhabilitación como fiscal general del Estado, se ha incorporado a la Sección Social del Tribunal Supremo. Esta sección, aunque de alta categoría, es considerada una de las más tranquilas dentro del Ministerio Público, lo que parece alinearse con los objetivos de García Ortiz de buscar un entorno con menor exposición mediática.

La condena impuesta a García Ortiz incluye dos años de inhabilitación para el cargo de fiscal general y una multa de 7.200 euros por un delito de revelación de datos reservados. Además, se le ha ordenado pagar 10.000 euros de indemnización a Alberto González Amador, quien es la pareja de Isabel Díaz Ayuso. Esta situación ha generado incertidumbre sobre su futuro en la carrera fiscal, dado que la Inspección de la Fiscalía General deberá evaluar cómo la sentencia afecta su situación profesional.

La Inspección tiene la responsabilidad de decidir si García Ortiz será expulsado o suspendido como fiscal, de acuerdo con el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. Aunque el Tribunal Supremo considera que la expulsión sería "excesiva", también reconoce que las "consecuencias extraprocesales de la condena" no son de su competencia.

La Abogacía del Estado, que defendió a García Ortiz, tiene un plazo hasta el próximo martes para presentar un incidente de nulidad contra la sentencia. Este tipo de incidente es poco común que prospere en el Supremo, pero permite agotar la vía jurisdiccional antes de recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional. Por su parte, la Fiscalía del Supremo ya ha presentado un incidente similar, solicitando la anulación de la condena.

En el escrito presentado por María de los Ángeles Sánchez Conde, teniente fiscal del Supremo, se argumenta que la sentencia vulneró el derecho a la presunción de inocencia de García Ortiz. Se menciona que no se consideraron los testimonios de periodistas que demostraron que ya poseían el correo del 2 de febrero de 2024 antes de que este fuera recibido por el fiscal general. Además, se señala que la difusión de una nota de prensa por parte de la Fiscalía, que pretendía desmentir una versión "sesgada y falaz" de la negociación entre González Amador y los fiscales que lo investigaban por fraude fiscal, había quedado fuera de los hechos imputables y se consideró no punible por la propia sala.

 

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