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27
Jul
2023
FACUA denuncia que el 75% de las inmobiliarias siguen cobrando a los inquilinos PDF Imprimir E-mail
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Foto cedida por FACUAEstá prohibido por la nueva Ley de Vivienda

4 de cada 10 inmobiliarias analizadas por FACUA-Consumidores en Acción incumplen la prohibición de cobrar honorarios o gastos de gestión a los inquilinos. Así lo revela el estudio que ha realizado la asociación sobre una muestra de 114 agencias repartidas en 11 capitales de provincia. De las inmobiliarias analizadas, 47 (el 41%) siguen informando a las personas que buscan piso de que, en caso de que firmen el contrato de arrendamiento, se les cobrará una cantidad en conceptos tales como "honorarios", "gastos de gestión" o "comisión".

Y todo ello pese a que desde finales de mayo, la entrada en vigor de la nueva Ley por el Derecho a la Vivienda introdujo una modificación en el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, que ahora incluye lo siguiente: "Los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador".

Esta nueva prohibición, además, ha hecho que algunas agencias recurran a diferentes trucos o argucias para enmascarar que siguen cargando estos gastos a los futuros inquilinos. En su rastreo, FACUA ha detectado inmobiliarias que mencionan la realización de un "estudio de viabilidad y solvencia económica" del inquilino -que impone sin que este lo ha pedido y que realmente no necesita-; otras usan anglicismos para referirse a estos honorarios, como "fee" -que traducido significa literalmente "cuota"-; o dicen que se cobran por servicios "prestados al arrendatario" pero que no detallan y cuyo pago imponen, entre otros.

De forma habitual, las agencias suelen pedir una mensualidad de la renta de la vivienda en cuestión, pero también hay quienes cobran una cuota fija, o el 10% de una anualidad del alquiler. El rastreo se ha realizado en Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Palma de Mallorca, Bilbao, Santiago de Compostela Toledo, Salamanca, Valladolid y Zaragoza.

El análisis realizado por FACUA también revela que Madrid y Palma de Mallorca son las ciudades con mayor grado de incumplimiento por parte de las inmobiliarias. Nada menos que 3 de cada 4 agencias de la capital se saltan la normativa y pretenden seguir cargando dichos gastos a los usuarios que buscan vivienda de alquiler.

En la ciudad balear, cinco de las seis empresas analizadas piden algún tipo de honorario o comisión a los inquilinos. Sevilla ocupa la tercera posición, con un 53% de agencias que vulneran la legislación.

En el lado contrario, de las inmobiliarias analizadas por FACUA en Santiago de Compostela, Toledo, Valladolid y Zaragoza, ninguna de ellas intenta cargar dichos honorarios a los inquilinos. Todas informan que corren "a cargo del arrendador, en aplicación de la nueva ley de vivienda".

FACUA se encuentra ya ultimando su ampliación de denuncias contra las nuevas inmobiliarias detectadas que infringen la normativa, tras la primera batería de denuncias contra 31 de ellas el pasado mes de junio. En este sentido, la asociación espera responsabilidad por parte de las autoridades de consumo autonómicas para que investiguen y abran los correspondientes expedientes sancionadores a las agencias incumplidoras.

De otro lado, FACUA recuerda a aquellos usuarios que se vean obligados a pagar este concepto para no perder la oportunidad de alquilar el piso que pidan factura independiente por el concepto abonado, o que haga el abono por transferencia indicando el concepto. Posteriormente, una vez firmado el contrato de alquiler y habitando ya el piso, pueden dirigirse a la inmobiliaria para solicitar el reembolso de dicha cantidad. Si la agencia se niega, FACUA recuerda a los afectados que pueden acudir a la asociación para que realice acciones en defensa de sus derechos y reclame la devolución en su nombre.

Además, pueden interponer una denuncia ante las autoridades de consumo autonómicas solicitando una multa contra la empresa por la vulneración de la normativa. Si la agencia persistiese en su negativa, los consumidores también pueden recurrir a la vía judicial. Al tratarse de una reclamación que, por regla general, no superaría los 2.000 euros, pueden hacerlo sin necesidad de procurador y abogado

 

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