x

Uso de cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación.
Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra Política de cookies

26
Ene
2020
La justicia dictamina que los riders de Deliveroo son asalariados PDF Imprimir E-mail
Otras Noticias - Comunidad de Madrid
Compartir en MenéameCompartir en TuentiCompartir en Buzz it!Compartir en FacebookCompartir en Twitter

Foto cedida por CCOO MadridEl TSJM ratifica la sentencia del juzgado de primera instancia

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha ratificado la sentencia del juzgado de primera instancia en la que ya dejaba claro que los denominados ‘riders’, los repartidores de comida a domicilio de la empresa Deliveroo, son efectivamente falsos autónomos, tal y como detectó la Inspección de Trabajo más de 500 casos. El macrojuicio que se ha llevado a cabo ha finalizado con una sentencia en consonancia con las reivindicaciones que CCOO lleva realizando desde hace tiempo con respecto a estos trabajadores, es decir, con la constatación de que están vinculados a la empresa a través de una relación laboral por cuenta ajena.

Es la sentencia de mayor relevancia de las que ha habido hasta la fecha, tanto por el número de trabajadores afectados -más de 500- como por la contundencia de la misma, que evidencia que se dan claramente las condiciones de ajenidad y dependencia características de una relación laboral por cuenta ajena como exige el sindicato desde hace tiempo.

Para la secretaria de Acción Sindical de CCOO de Madrid, Asunción Servant, los riders “no son autónomos, sino trabajadores asalariados y, por tanto, trabajadores con derechos laborales, permisos, vacaciones cobertura de bajas laborales, de accidentes de trabajo, derecho a medidas de protección y de prevención de riesgos laborales, derecho a la representación y a la negociación colectiva”.

Según Servant, la sentencia “vuelve a poner de manifiesto que la mal llamada economía colaborativa es un invento de unas cuantas empresas con el fin de burlar la legislación laboral, usurpar a los trabajadores sus derechos y defraudar a las arcas públicas los ingresos correspondientes a las cotizaciones a la seguridad social y los impuestos que tienen obligación de ingresar”, remachó.

A juicio de la dirigente sindical “afortunadamente” el Estado de derecho “está funcionando”. En este sentido, señaló que desde CCOO de Madrid también quieren “valorar el gran trabajo” desarrollado por la Inspección de Trabajo de Madrid en la instrucción del expediente que ha dado lugar a la demanda, “un trabajo riguroso y pormenorizado en el que se ha sustentado la sentencia”, afirmó Servant.

 

Escribir un comentario

Código de seguridad
Refescar