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03
Ago
2013
Wert exigirá un noventa por ciento de los créditos aprobados para mantener la beca en Ciencias Sociales PDF Imprimir E-mail
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La ayuda estándar será de 1.500 euros, y para conseguirla será necesario sacar un 6,5 de media

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2013-2014, y se modifica parcialmente otro Real Decreto del 21 de diciembre de 2007, por el que se establecía el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

El Real Decreto fija para el curso académico 2013-2014 los parámetros económicos del sistema general de becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que se convocan sin número determinado de personas beneficiarias, y precisa las cuantías y los umbrales de patrimonio y renta familiar por debajo de los cuales se tiene derecho a las ayudas.

El Gobierno se encuentra firmemente comprometido con la dimensión social de la educación y con una política de becas y ayudas al estudio que garantice que ningún estudiante abandone sus estudios postobligatorios por motivos económicos, asegurando así la cohesión social y la igualdad de oportunidades. Pero, además de cumplir su función de asegurar la igualdad de oportunidades de todos aquellos que, teniendo vocación y aptitudes para el estudio, carecen de los medios económicos necesarios para emprenderlos o continuarlos, la política de becas y ayudas al estudio debe ser un instrumento de estímulo a la mejora del rendimiento académico de los estudiantes, especialmente de los estudiantes de los niveles superiores del sistema educativo.

La regulación aprobada introduce las siguientes novedades:

1.- MANTENIMIENTO DE LOS UMBRALES DE RENTA Y PATRIMONIO

Los umbrales de renta y patrimonio familiar por encima de los cuales desaparece el derecho a la percepción de las becas y ayudas al estudio se mantienen respecto del curso anterior. Los cinco umbrales vigentes en el curso 2012-2013 se han agrupado en tres, lo que simplifica su configuración para evitar los saltos y discontinuidades que se producían en el sistema anterior al superar algún umbral de renta por escaso margen.

2.- NUEVO SISTEMA DE CONCESIÓN

El nuevo sistema consta de dos partes:

Núcleo básico:

Cuantías fijas, que incluyen las cantidades que garantizan el derecho a la educación a las rentas más bajas, una cuantía por residencia para aquellos que se desplazan, y la exención de los precios públicos.

Cuantía variable:

El importe de dicha cuantía variable, para convocatoria y beneficiario, se distribuye a través de una fórmula que tiene en cuenta la renta familiar y el rendimiento académico de cada beneficiario: a menor renta y mayor rendimiento, mayores importes individuales.

De este modo, corresponderán a los alumnos universitarios las siguientes cuantías:

  • Umbral 1: beca de matrícula, cuantía fija ligada a la renta por 1.500 euros, en su caso cuantía fija ligada a la residencia por 1.500 euros, y una cuantía variable según el rendimiento del alumno y su renta familiar que como mínimo será de 60 euros.

  • Umbral 2: beca de matrícula, en su caso cuantía fija ligada a la residencia por 1.500 euros, y una cuantía variable según el rendimiento del alumno y su renta familiar que, como mínimo, será de sesenta euros.

  • Umbral 3: beca de matrícula.

Y corresponderán a los alumnos que cursen enseñanzas no universitarias las siguientes cuantías:

  • Umbral 1: cuantía fija ligada a la renta por 1.500 euros, en su caso cuantía fija ligada a la residencia por 1.500 euros, y una cuantía variable según el rendimiento del alumno y su renta familiar que, como mínimo, será de sesenta euros.

  • Umbral 2: beca básica de 200 euros, en su caso cuantía fija ligada a la residencia por 1.500 euros, y una cuantía variable según el rendimiento del alumno y su renta familiar que, como mínimo, será de sesenta euros.

  • Umbral 3: beca básica de 200 euros.

El nuevo sistema supone que:

  • Para la misma renta, el mayor rendimiento dará derecho a mayor cuantía.

  • Para el mismo rendimiento, la menor renta dará derecho a mayor cuantía.

  • La mejora en el rendimiento producirá un mayor efecto en la cuantía en las rentas más bajas.

Además:

  • Los alumnos no universitarios que cursen Enseñanzas de Idiomas, cursos y pruebas de acceso a Formación Profesional de grado medio y superior, proyecto fin de carrera y Programas de Cualificación Profesional Inicial recibirán la beca básica y, además, la cuantía mínima variable si se encuentran dentro del umbral 2.

  • Los alumnos universitarios que realicen un curso de acceso a la universidad para mayores de 25 años, un proyecto de fin de carrera, o enseñanza a distancia, o con matrícula parcial, recibirán la beca de matrícula y, además, la cuantía mínima variable si se encuentran dentro del umbral 2.

  • Se asignarán, como en años anteriores, cuantías adicionales por residencia en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla.

  • Se mantienen los subsidios y ayudas del curso 2012-2013 para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo: transporte, comedor, residencia, material escolar, reeducación pedagógica o del lenguaje, que se incrementarán hasta en un 50 por 100 cuando el alumno tenga una discapacidad motora superior al 65 por 100.

  • Las cuantías fijas que correspondan al alumnado universitario con discapacidad igual o superior al 65 por 100 se podrán incrementar hasta en un 50 por 100.

  • El alumnado con altas capacidades dispondrá de las mismas ayudas que en el curso 2012-2013 para gastos de inscripción y asistencia a programas específicos.

Todos los alumnos con una renta familiar dentro del umbral máximo (Umbral 3, antiguo umbral 5, 38.831 euros para una familia de 4 miembros) tendrán derecho a beca (como mínimo la exención de tasas de matrícula o la beca básica de 200 euros).

3.- REQUISITOS ACADÉMICOS PARA EL CURSO 2013-2014

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte tiene previsto continuar avanzando en esta línea de incremento de la exigencia académica asociada al sistema de becas y ayudas al estudio. En este sentido, se incorporan al sistema general de becas y ayudas al estudio los requisitos académicos que ya fueron anunciados en 2012, para permitir que los solicitantes de beca conocieran con antelación los futuros escenarios del sistema con objeto de acometer una adecuada programación de sus actividades académicas. No obstante, para facilitar el acceso a las becas y ayudas al estudio dichos requisitos anunciados se han minorado por lo que respecta a la obtención de beca en Bachillerato y en Grado universitario, así como para mantener la beca de matrícula universitaria en años posteriores, y para mantener el resto de cuantías en las titulaciones de Ciencias.

Los nuevos requisitos son los siguientes:

En relación con las enseñanzas no universitarias:

  • Los alumnos de primer curso de Bachillerato deberán haber obtenido una nota media de 5,5 en ESO.

  • Los alumnos de primer curso de Formación Profesional de Grado Superiordeberán haber obtenido una nota media de 5,5 en Bachillerato.

  • A los alumnos de primer curso de Formación Profesional de Grado Medio sólo se les exige estar matriculados.

  • Para segundos cursos se exige superar todas las materias salvo una, o superar el 85 por 100 de las horas totales en el supuesto de enseñanzas que se organicen por módulos.

En cuanto a las enseñanzas universitarias:

En el caso de los alumnos que cursen enseñanzas conducentes a un título oficial de grado (y enseñanzas universitarias de primer y segundo ciclo):

  • En primer curso será necesario haber obtenido 5,5 puntos en las pruebas de acceso con exclusión de la fase específica para el acceso a la beca de matrícula, y 6,5 puntos para el resto de cuantías.

En segundos y posteriores cursos:

  • Para acceder a la beca de matrícula se requerirá superar el 65 por 100 de los créditos del curso anterior en Enseñanzas Técnicas y en Ciencias, el 80 por 100 en Ciencias de la Salud, y el 90 por 100 en Ciencias Sociales y Jurídicas y en Artes y Humanidades.

  • Para acceder al resto de cuantías se requerirá alternativamente cumplir una de estas dos condiciones:

  • Superar el 85 por ciento de los créditos en el caso de estudiantes de Enseñanzas Técnicas y el 100 por cien en el caso de las demás ramas de estudios.

  • O bien obtener una nota media de 6,00 puntos en Enseñanzas Técnicas y Ciencias o de 6,50 puntos en el resto de titulaciones.

En el caso de los alumnos que cursen enseñanzas conducentes a un título oficial de máster:

  • Las calificaciones medias requeridas tanto para primer como para segundo curso serán de 6,50 si es habilitante para el ejercicio de una profesión regulada y de 7,00 puntos para el caso de los másteres que no habilitan ejercicio de una profesión regulada, respectivamente; además, en segundo curso se exigirá haber superado todos los créditos del primero.

 

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