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21
Dic
2022
PP, VOX Y Cs aprueban la moratoria para furgonetas PDF Imprimir E-mail
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Foto cedida por Ayuntamiento de MadridHasta finales de 2023 podrán entrar en Madrid Central

El Pleno del Ayuntamiento de Madrid ha dado luz verde este martes a una enmienda, impulsada por el Grupo Municipal del Partido Popular y el Grupo Municipal Ciudadanos, para habilitar una prórroga anual para los vehículos ligeros de mercancías con clasificación ambiental B y que puedan continuar accediendo a la Zona de Especial Protección Distrito Centro hasta el 31 de diciembre de 2023.

La propuesta ha salido adelante con los votos a favor de los grupos municipales del Partido Popular, Ciudadanos y VOX, y los votos en contra de los grupos municipales Socialista de Madrid, Más Madrid y Grupo Mixto.

Esta medida responde al compromiso que adquirió el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, con un sector que ha sufrido las consecuencias de la crisis económica y permite facilitar la distribución de mercancías en el centro de la ciudad, contribuyendo así al buen desarrollo de la actividad económica. Con la normativa en vigor, la Ordenanza de Movilidad Sostenible, esta tipología de vehículos tendría el acceso restringido a Centro a partir del 31 de diciembre de este año.

Centro es el distrito que aglutina el mayor número de empresas y locales de la ciudad según el censo municipal. Concretamente, hay registrados 20.318 negocios, que representan el 11,3 % del total (179.488) y constituyen una importante fuente de ingresos y empleo, así como un reclamo turístico. Al Área de Medio Ambiente y Movilidad le consta que diariamente acceden a la Zona de Especial Protección Distrito Centro 3.824 vehículos de hasta 3.500 kilogramos con clasificación ambiental B para repartir las mercancías de los establecimientos que requieren de sus servicios.

La enmienda aprobada introduce una Disposición final cuarta en la Ordenanza de Movilidad Sostenible, de 5 de octubre de 2018, donde se modifica el apartado 2 de la Disposición transitoria tercera sobre requisitos ambientales para el acceso al distrito de Centro, especificando que “hasta el 31 de diciembre de 2023” podrán acceder a la ZBEDEP Distrito Centro los vehículos a motor con, al menos, cuatro ruedas y MMA no superior a 3.500 kilogramos que dispongan de clasificación ambiental B.

El sector de transporte y distribución de mercancías es clave para la capital y su economía, ya que representa el 6 % del PIB de la Comunidad de Madrid (12.000 millones de euros al año) y ocupa a 120.000 trabajadores.

Para el Gobierno municipal la sostenibilidad ambiental es una prioridad, pero es consciente de que las empresas y los autónomos que se dedican a la distribución urbana de mercancías se enfrentan al reto de la movilidad sostenible con dos escollos fundamentales derivados de la crisis económica actual. Por un lado, la dificultad de renovar las flotas en el mercado automovilístico, ya que la COVID-19 y la guerra de Ucrania han supuesto grandes demoras en las entregas de suministros de materias primas y componentes para la fabricación de vehículos, dilatando las cadenas de producción en el sector, especialmente para los vehículos de mercancías.

Por otra parte, la inflación del 6,8 % -que este año ha registrado picos superiores al 10 %- ha mermado la capacidad financiera, sobre todo de las pequeñas y medianas empresas, impidiendo que puedan asumir las inversiones que establece el calendario de acceso al distrito de Centro.

El Pleno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este martes dos actuaciones urbanísticas promovidas por el Área de Desarrollo Urbano, que dirige Mariano Fuentes, que mejorarán dos ámbitos concretos del distrito de Carabanchel. En primer lugar, se ha aprobado definitivamente, tras el periodo de información pública, la modificación puntual del plan general para el ámbito del antiguo estadio de San Miguel, en el barrio de Opañel, que mejorará la conexión de la zona y ofrecerá dotaciones y vivienda. En segundo lugar, se ha dado luz verde al plan especial para que el Ayuntamiento pueda actuar en los espacios libres de Roger de Flor y mejorar la habitabilidad.

La modificación puntual del plan general para el antiguo estadio de San Miguel afecta a una parcela con una superficie de 25.138 m2, que se encuentra parcialmente edificada desde el año 2016, con un complejo deportivo en funcionamiento de 12.254 m2, mientras que el resto de la parcela -12.884 m2– se encuentra en desuso, generando un vacío que perjudica a la accesibilidad de la zona entre las calles General Ricardos, Antonio Leyva y la glorieta de Marqués de Vadillo.

La finalidad de esta actuación es, precisamente, dar respuesta al problema que supone esta discontinuidad en la ciudad consolidada. La nueva ordenación permite la reurbanización del entorno y favorece la comunicación, la mezcla de usos, así como la posibilidad de aumentar las redes y dotaciones públicas.

Se persiguen los siguientes objetivos:

Completar y cohesionar el tejido urbano. Introducir el uso residencial como elemento dinamizador del ámbito. Regenerar la zona abriendo nuevo viario y reurbanizar el existente. Ampliar los criterios de sostenibilidad, eficiencia y ecología. Reservar el 10 % de la edificabilidad que se cede a la Administración a viviendas con algún grado de protección en una única parcela. Atender las demandas del distrito sobre dotaciones de carácter público (zonas verdes y equipamiento básico), favoreciendo la integración del equipamiento deportivo existente y poniendo en valor el edificio del Centro Cultural Fernando Lázaro Carreter.

Con esta modificación, se podrán implantar usos residenciales -viviendas públicas-, terciario comercial de pequeña superficie en coexistencia con el industrial en su clase de taller doméstico, equipamiento público y equipamiento deportivo privado, lo que aumentará la calidad de vida del entorno.

Esta actuación sigue la línea emprendida por el Área de Desarrollo Urbano de recuperar parcelas degradadas y abandonadas para darles nuevos usos y contribuir a revitalizar el entorno en el que se encuentran para mejorar la calidad de vida de los vecinos.

En cuanto a la segunda aprobación, se trata del plan especial para otorgar una nueva calificación a los espacios libres de titularidad privada pero abiertos al uso público, para que su mantenimiento pueda ser asumido por el Ayuntamiento.

El ámbito de este plan está delimitado al norte por la calle del Cabo Nicolás Mur, al sur por la calle de El Toboso, al este por la calle de Ervigio y al oeste por la calle de Matilde Hernández, calle de la Fragata y la plaza de Roger de Flor. Ocupa una superficie de 20.012 m².

En la actualidad, estos espacios están deficientemente conservados, por lo que se busca mejorar sus condiciones de accesibilidad y habitabilidad, logrando espacios más atractivos para la convivencia y el esparcimiento de los residentes, favoreciendo la movilidad peatonal.

Se han previsto siete actuaciones en las que intervenir de forma específica: mejora de iluminación, mobiliario y vallados, instalación de aparatos para facilitar la movilidad de los mayores, elevación de pasos de peatones existentes, nueva plantación de arbolado y retirada de obstáculos del viario peatonal.

El Pleno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este martes la nueva Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular. La normativa entrará en vigor el 30 de diciembre. El texto ha salido adelante con los votos a favor de los grupos municipales del Partido Popular, Ciudadanos y Vox. El resto de grupos ha votado en contra.

El Área de Medio Ambiente y Movilidad, que dirige Borja Carabante, ha modificado esta normativa que data del año 2009 para adaptarla a las necesidades en materia de limpieza y gestión de residuos que han surgido durante la última década, sobre todo frente al auge del comercio electrónico y el abandono del cartón.

El crédito municipal en materia de limpieza y recogida de residuos supone un esfuerzo presupuestario de casi 800 millones de euros anuales, una inversión que debe estar respaldada por las buenas prácticas de los ciudadanos. Para alcanzar este objetivo y que la ciudad esté más limpia, la nueva normativa persigue de manera especial, elevando el régimen sancionador, prácticas como el abandono de residuos por botellón, que se tipifica por primera vez en la normativa madrileña, el depósito inapropiado de cartón en la vía pública y la realización de grafitis.

El Pleno ha dado el visto bueno a la ordenanza con la inclusión de seis enmiendas de la oposición, dos del Grupo Municipal Socialista de Madrid, dos del Grupo Municipal Más Madrid y dos del Grupo Mixto.

En el periodo de información pública, el texto recibió 24 escritos con 88 alegaciones de 19 entidades, de las cuales 19 se aceptaron totalmente, seis de manera parcial y 63 se desestimaron. Uno de los cambios más importantes que se introdujo tras este proceso fue elevar de infracción leve a grave, con multas de 751 a 1.500 euros, el sobrellenado de los contenedores o sacos de residuos de construcción mediante cualquier medio para superar la capacidad máxima del recipiente (por ejemplo, colocando puertas o tablas en los bordes que permitan elevar la cantidad de residuos).

Otra de las novedades que se incluyeron fue la obligación para los comerciantes de utilizar el servicio de recogida ‘puerta a puerta’ de cartón comercial. Además, deberán doblar y plegar el cartón para la recogida con el objetivo de agilizar su retirada por los servicios municipales. No podrán utilizar los contenedores de la calle, que quedan reservados para el cartón procedente los domicilios, de esta manera se evitará su saturación.

En materia correctiva, la ordenanza incluye por primera vez la regulación específica para la lucha contra el abandono de residuos por botellón para acabar con esta práctica en la ciudad. Para ello, el régimen sancionador eleva la tipificación de estas infracciones de leves a graves, incrementando el importe de las multas de los 400 euros actuales hasta multas que pueden llegar a los 2.001 euros. Hasta ahora se equiparaba tirar un residuo menor a la vía pública con dejar grandes residuos como los que generan estos eventos. Por ejemplo, tirar un papel en la calle tenía la misma sanción que dejar en el suelo varias botellas o vasos.

Continuando con la política de tolerancia cero que ha emprendido el actual equipo de Gobierno con los grafitis, a pesar de que las multas por realizar pintadas vandálicas se elevaron en 2020, con la nueva normativa las sanciones por grafitear cualquier superficie de la capital partirán de un importe mínimo de 2.000 euros hasta llegar a los 3.000 euros. Ahora, la sanción leve por realizar pintadas en mobiliario urbano, muretes, pilares o puertas es de 600 euros. Además, por primera vez, todo grafiti podrá llevar asociada, al margen de la propia sanción, la exigencia de la reparación de los daños. En caso de reincidencia, la normativa autonómica contempla cuantías de 600 a 6.000 euros para las pintadas vandálicas. El Ayuntamiento de Madrid castigará estas infracciones repetitivas con sanciones de entre 4.000 y 6.000 euros.

El depósito de grandes cajas de cartón a los pies de los contenedores, perjudicando la imagen de limpieza, pasa a sancionarse con multas de entre 200 y 2.000 euros.

La nueva redacción de la ordenanza trae novedades en cuanto a la separación, depósito y recogida de residuos. Una de ellas será la regulación de un horario para deshacerse de los residuos de vidrio en los contenedores instalados en los espacios públicos para tal efecto. Se podrá arrojar vidrio en el recipiente verde durante 14 horas al día, entre las 8:00 y las 22:30 h, quedando prohibido en las horas nocturnas restantes.

Esta medida se dirige especialmente a los hosteleros con el fin de evitar la contaminación acústica que, especialmente en calles estrechas y en horario de noche, se produce cuando se depositan los residuos de vidrio. Esta regulación redundará en el descanso vecinal.

La ordenanza establece también que, en las zonas de la ciudad que el Ayuntamiento determine, se efectuará una recogida comercial ‘puerta a puerta’ para determinadas fracciones de residuos en el ámbito comercial, como pueden ser, aparte de los embalajes de cartón, los envases de vidrio.

Ante el auge de los embalajes de cartón, el texto obliga por primera vez a los establecimientos que cuenten con este servicio de recogida ‘puerta a puerta’ a no depositar los residuos de esta índole en los contenedores instalados en la calle que están destinados a los vecinos. Además, para esta recogida selectiva ‘puerta a puerta’ los comercios no podrán depositar los residuos antes de una hora del paso del vehículo que la realice y el cartón deberá ir doblado y plegado. El incumplimiento de estas obligaciones está tipificado como infracción leve, con una sanción aparejada de hasta 750 euros.

Por primera vez, también se incluye la obligación, en las comunidades de vecinos de más de 100 viviendas y en las que técnicamente sea posible llevarlo a cabo, de disponer de un contenedor para la recogida de aceite vegetal usado que suministrará el Ayuntamiento. Este recipiente deberá permanecer siempre en el interior del recinto privado, desde donde se procederá a su vaciado o sustitución, para lo que el recinto deberá disponer de accesibilidad adecuada para los servicios municipales.

La normativa establece que las personas titulares de actividades abiertas al público como bares, cafés, quioscos, puestos de venta y mercadillos, cajeros automáticos, terrazas y similares, así como comercios en general, sean de carácter permanente o temporal, están obligadas a mantener en todo momento en las debidas condiciones de limpieza el dominio público ocupado, incluyendo la limpieza de cualquier mancha o suciedad producida por su actividad.

Durante los dos últimos años ha crecido el número de terrazas instaladas en la vía pública a consecuencia, fundamentalmente, de la pandemia. Para mitigar los posibles efectos negativos de este fenómeno en materia de limpieza, los establecimientos hosteleros que tengan terraza en la calle deberán disponer de un recipiente en cada mesa instalada en el que ellos mismos o sus clientes puedan depositar los residuos de su actividad. Esta obligación de situar recipientes para depositar residuos de tamaño pequeño se hace extensible a las empresas encargadas de la conservación y explotación de las paradas de autobuses de los transportes públicos de uso general y de las paradas de autobús de los servicios de transporte público colectivo regular de uso general.

Deberán, además, recoger diariamente todos los residuos y basuras, así como realizar la limpieza de cualquier mancha o suciedad producida por su actividad. Infringir estas obligaciones puede acarrear una sanción de hasta 750 euros.

También se multarán con hasta 750 euros las actuaciones relacionadas con la publicidad que ensucien la ciudad. Como novedad, se prohíbe la colocación o el abandono de folletos, octavillas o cualquier otro material publicitario en marquesinas de autobús, portales o cualquier otro lugar no habilitado para ello. El texto definitivo mantiene el articulado de la ordenanza de 2009 sobre esta materia, en el que se especifica que queda prohibido desgarrar, arrancar o tirar carteles, pancartas, adhesivos u otros elementos similares que ensucien las vías o espacios públicos.

Asimismo, el reparto domiciliario de publicidad se realizará de forma que no genere suciedad en la vía y espacio público. La publicidad se tendrá que depositar en el interior de los buzones particulares o en aquellos espacios que la vecindad o la comunidad de propietarios del edificio hayan establecido para ello.

 

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