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20
Jul
2012
El Gobierno modifica la Ley Antidopaje PDF Imprimir E-mail
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Entre las novedades, se creará una tarjeta sanitaria especial para deportistas de alto nivel

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Educación, Cultura y Deporte sobre el Anteproyecto de Ley Orgánica de Protección de la Salud del Deportista y Lucha contra el Dopaje en la Actividad Deportiva.

La nueva ley abarca las medidas de prevención de los riesgos asociados a la práctica deportiva, que afectan a los deportistas en general, y las medidas específicas de lucha contra el dopaje, en un ámbito mucho más restringido.

Se trata de una concepción integral del sistema de protección de la salud de los deportistas para lo que se contemplan medidas en diferentes ámbitos: en prevención en materia de salud, en cooperación entre las diversas administraciones públicas y agentes privados involucrados en el sistema, y en el establecimiento de medidas positivas de lucha contra el dopaje en el deporte, tanto en aspectos preventivos, como de investigación y de represión de las conductas contrarias al juego limpio.

El nuevo modelo contempla el establecimiento de un Plan de Apoyo a la Salud en el ámbito de la actividad deportiva, que determinará los riesgos comunes y específicos para la salud de los deportistas, según los casos, y establecerá las medidas de prevención, conservación y recuperación que puedan resultar necesarias, en función de los riesgos detectados en los deportistas.

Para ello:

− Se pone en marcha un sistema de reconocimientos médicos que será más intenso cuanto más exigente sea la actividad física a realizar.

− Los establecimientos relacionados con la práctica deportiva tendrán la obligación de disponer de medios de lucha contra las enfermedades cardio-respiratorias agudas.

− Se habilita un sistema de tarjeta de salud de los deportistas de alto nivel o de carácter profesional .

− Se establecen nuevas medidas de protección de la salud cuando se finaliza la actividad deportiva.

La Ley establece un sistema reforzado de investigación especializada en materia de protección de la salud, tanto en los aspectos médicos puramente preventivos, particularmente en materias tan sensibles como la muerte súbita ,como en lo que se refiere a la necesidad de contar con medios adecuados de prevención y detección del dopaje.

Una parte importante de la nueva norma se dedica al sistema de lucha contra el dopaje, pero no como un fenómeno aislado, sino como un elemento más dentro del sistema de protección de la salud de los deportistas.

La Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, que sustituye a la Agencia Estatal Antidopaje, será el organismo público encargado la protección de la salud de los deportistas. Asume, además, las competencias relativas a la planificación y realización de los controles y la tramitación de los procedimientos sancionadores.

El sistema contenido en la Ley trata de adaptar la legislación española a las formulas de represión del dopaje que se contienen en el Código Mundial Antidopaje. Esta adaptación tiene lugar con pleno respeto a los derechos fundamentales de los implicados en el sistema.

La Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte será la encargada de la planificación y ejecución de los controles de dopaje a realizar en competiciones nacionales. También le corresponderá la instrucción y resolución de los procedimientos.

Los controles se realizarán por personal debidamente habilitado por la Agencia y respetarán el descanso nocturno.

 

 

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