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13 Jun 2013 |
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Hablar por el móvil mientras se conduce, la más habitualEl uso manual del teléfono móvil mientras se conduce sigue siendo, dentro de las acciones que implican una distracción en la conducción, la infracción más cometida por los conductores tal y como demuestran los resultados de la última campaña de vigilancia y concienciación sobre el peligro que suponen las distracciones al volante, que la Dirección General de Tráfico ha realizado entre el 3 y el 9 de junio y a la que se han sumado numerosos Ayuntamientos que por medio de sus policías han establecido controles en las vías de sus municipios. En concreto, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han controlado más de 357.000 vehículos y han denunciado a 4.312 conductores por realizar acciones que suponen una distracción durante la conducción. De las 4.312 denuncias, el 75,7% de las mismas (3.263) fueron por utilizar manualmente el teléfono móvil mientras conducían. Hay que recordar que muchos estudios constatan que la peligrosidad de un uso inadecuado del teléfono móvil puede llegar a ser equiparable a la conducción bajo los efectos del alcohol. Pese a estar permitido, aunque también supone una distracción en la conducción, el porcentaje de conductores que siguen utilizando el manos libres para realizar una conversación por teléfono se mantiene en porcentajes similares a campañas anteriores. En esta última el número de conductores que hacían uso de este dispositivo fue de 17.299. El uso de cascos o auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido, distintos del teléfono móvil, también ha sido motivo de denuncia para algunos conductores, puesto que el uso de los mismos mientras se conduce está prohibido. En concreto, 241 conductores fueron denunciados por este precepto. La utilización o manipulación de navegadores, pantallas de acceso a internet, reproductores de video o DVD durante la conducción fue motivo de denuncia para 40 conductores. Además de estas acciones concretas que suponen una desatención en la conducción, los agentes formularon 768 denuncias por otras infracciones que provocaban distracción en la conducción, tal y como muestran los videos que se adjuntan con la nota de prensa (oficina móvil, fumar, animales sueltos dentro del vehículo…) ¿QUÉ DICE LA LEY? Estas infracciones se sancionan con multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos. Llevar a un animal suelto supone, en principio y de modo general, una infracción leve, según se recoge en el artículo 18.1 del Reglamento de Circulación y el artículo 11.2 de la Ley de Seguridad vial, en la que el conductor es sancionado con una multa de 80 euros. Pero esta infracción también puede considerarse grave en función de la peligrosidad de cada caso concreto |