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01
Sep
2012
Ginés Jiménez da su versión de los hechos sobre la Operación Bloque cuatro años después PDF Imprimir E-mail
Zona Este - Coslada
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Según su abogado, sobre quien pesan ahora las imputaciones es sobre los miembros de la UDYCO y sobre cuatro mandos de la Brigada de Policía Judicial de Madrid

El pasado jueves la actualidad de Coslada se revolucionaba en medio del estío al saber que, muy probablemente, en poco tiempo Ginés Jiménez volverá a patrullar la localidad. Y es que la decisión del Juzgado de instrucción del Caso Coslada de reincorporar al ex jefe de Policía como Oficial ha desatado todo tipo de declaraciones.

Sin embargo, faltaba la voz del principal interesado, que hablaba hace unos días a través de su abogado, y lo hacía de forma contundente: la mediática Operación Bloque va sobreseyendo las acusaciones y son los que iniciaron la investigación los que ahora se pueden sentar en el banquillo.

“La Jurisdicción Contencioso Administrativa con un Informe del Juzgado de Instrucción de Plaza de Castilla de Madrid que instruye el procedimiento penal del “caso Coslada” en el que fueron imputados tanto el exjefe de Policía Local como otros policías locales de esta población madrileña, ha incorporado a su puesto de trabajo y a sus funciones a Ginés Jiménez Buendía. La totalidad de los otros policías locales ya están trabajando en el cuerpo policial desde hace más de dos años”, afirma Óscar Zein, abogado de Ginés.

“El mandato judicial es un auto de un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Madrid de fecha 18 de julio de 2012 que transcurrido el mes de agosto que judicialmente es inhábil, se ha notificado recientemente al Ayuntamiento de Coslada,  en relación con una pieza separada de solicitud de medida cautelar de inmediata incorporación del recurrente Ginés Jiménez Buendía a su puesto de trabajo.  En dicha resolución la Autoridad Judicial acuerda conceder la medida cautelar positiva solicitada por el demandante en cuanto a la “reincorporación a su puesto de trabajo al Cuerpo de Policía Local de Coslada del Oficial Ginés Jiménez Buendía, dejando sin efecto la medida de suspensión provisional de funciones al recurrente hasta que recaiga resolución definitiva en el procedimiento penal”, ordenando el Juzgado literalmente en la Parte Dispositiva del Auto que “puede reincorporarse a sus funciones como oficial del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Coslada”, y por tanto que el Ayuntamiento proceda al levantamiento de la medida cautelar de suspensión provisional de funciones, empleo y sueldo a la que ha estado sometido durante más de cuatro años desde que tuvo lugar la operación policial en Coslada en la que hubo más de 26 policías locales detenidos. El auto se basa principalmente en una providencia del Juzgado del Instrucción de Plaza de Castilla de Madrid que instruye el caso, y que es quien mejor conoce el contenido del procedimiento penal y el estado actual de las imputaciones que tiene Ginés Jiménez Buendía. En esa providencia de fecha 25 de mayo de 2012 se acuerda taxativamente que “por parte de este Juzgado no existe ningún inconveniente, ni ninguna limitación al derecho de que el oficial Ginés Jiménez Buendía, se incorpore a su puesto de trabajo y pueda ejercer sus funciones en el cuerpo de Policía Local de Coslada” e igualmente que “...visto lo solicitado por la parte, se hace constar que por este juzgado, no se ha decretado ninguna limitación, ni suspensión para el ejercicio de sus funciones como Policía Local de Ayuntamiento de Coslada de Gines Jimenez Buendia”, explica.

Pero la clave para el archivo de estas medidas cautelares hay que buscarla en el argumento que dio el juez para exculpar a Raul López de prevaricación hace unos meses: “El auto de incorporación a su puesto de trabajo del mando policial cita igualmente el Estatuto Básico del Empleado Público  probado por Ley 7/ 2007, de 12 de abril, en el que se recoge con respecto a los funcionarios públicos que la “suspension provisional como medida cautelar en la tramitación de un expediente disciplinario no podrá exceder de 6 meses” y que él no solo lo ha superdado ampliamente, sino que el Juzgado que conoce sus imputaciones no ha adoptado ninguna limitacion ni medida que le impida desempeñar sus funciones”, afirma Zein.

Y es que, siempre según la versión de Ginés, la Operación Bloque, a día de hoy, está muy lejos de lo que se presentó hace cuatro años: “La instrucción penal del "caso Coslada" va avanzando de forma positiva y se van sobreseyendo y archivando cada vez más imputaciones que existían contra los policías locales de Coslada y contra su jefe. En el procedimiento penal del “caso Coslada” ha quedado demostrado recientemente que Ginés Jiménez Buendía, ni como mando ni como Jefe ha organizado nunca ni ha encubierto nada delictivo en el Cuerpo de la Policía Local de Coslada como en su día se publicó por los medios de comunicación basado en el atestado policial de la UDYCO de Madrid. Todo ello al día de hoy ha quedado diluido. Los delitos que se imputaban tanto al máximo responsable policial de Coslada como a varios de sus policías locales se van archivando en la fase de instrucción judicial que ya dura más de cuatro años y al que se han venido aportando por las partes gran cantidad de pruebas documentales y testificales desvirtuando lo aportado en su día por el grupo 16 de la policía judicial de Madrid. En la actualidad el sumario consta ya de unos 60 tomos incluidos las piezas separadas y las piezas personales de cada imputado. Mediante auto de fecha 10 de mayo de 2012, el Juzgado ha decretado el sobreseimiento y archivo de las actuaciones por el delito de asociación ilícita respecto a todos los imputados, recogiéndose literalmente en dicha resolución frases tan concluyentes para el caso como que “Visto el resultado de las diligencias practicadas, especialmente la documental y distintas testificales, se desprende que los hechos objeto de estas actuaciones no revisten los caracteres de infracción penal de asociación ilícita, por lo que procede acordar el sobreseimiento y archivo de este concreto delito con arreglo a lo establecido en el artículo 779.1, regla primera, y demás concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal” o por ejemplo “Trae causa dentro de estas diligencias a que distintas actuaciones de la policía local de Coslada pudieran ser realizadas dentro de un grupo con el único objeto de organizarse para delinquir. En la presente causa no constan tales datos, pues no existe constancia en autos por vía testifical o documental de las concretas actividades delictivas cometidas como miembros de un grupo, ni organizados con esa finalidad real.” para concluir el Juzgado finalmente con rotundidad “Hemos de partir de la base que se trata de agentes de policía, que se encuentran bajo las ordenes de unos mandos jerárquicamente establecidos de forma legal, y que sin duda no se organizan para delinquir como grupo, forman parte de una organización policial. Su organización jerárquica y estructurada lo es como miembros de la policía que son. Y el reparto de papeles o de actividades se realiza dentro de la organización policial a la que pertenecen, sin que se haya acreditado que se organizaran con una finalidad delictiva”. Con este archivo el Juzgado pone en entredicho la razón de ser y el sentido del atestado policial de la UDYCO el cual creó un efecto mediático y criminalizó a un grupo de policías y a su jefe argumentando que existía una mafia policial que se dedicaban a extorsionar a los empresarios de Coslada. Según esta resolución ya no existe “El Bloque” como asociación ilícita ni como grupo delictivo; recordemos que hasta se emitió una serie televisiva basada en esas acusaciones iniciales”, explica el abogado.

El letrado penalista Oskar Zein, abogado de Ginés Jiménez, afirma que “efectivamente después de ese archivo existe un antes y un después en el “caso Coslada”, y “ya no existe “el Bloque” como grupo delictivo ni un jefe de policía mafioso como se vendió en su día falsamente a los medios de comunicación en un brutal y dirigido linchamiento mediático”.

La segunda acusación, según el letrado, también ha decaído: “Por otra parte a Ginés Jiménez, a su mujer y a su hijo, a finales del mes de julio el Juzgado les ha sobreseído y archivado el delito de blanqueo de capitales por el que también fueron acusados en el años 2008 cuando estalló este caso, sobre lo que el abogado Oskar Zein ha dicho que se ha explicado ante el Juzgado de Instrucción la procedencia de hasta el último céntimo de euro que Ginés poseía y para ello se ha aportado gran cantidad de documentación así como de testigos, empresarios,  banqueros,  constructores, etc. que han ido a declarar en sede judicial, por lo que las imputaciones que le restan al exjefe policial son la extorsión y la tenencia ilícita de armas”.

Zein explica también cómo se encuentra la instrucción en estos dos últimos aspectos: “Sobre la tenencia de armas Ginés ha solicitado también el archivo de cualquier ilícito penal relacionado con las armas y ha presentado una importante prueba pericial de las armas antiguas que le incautaron en su domicilio. Esta prueba realizada por un perito judicial de prestigio nacional experto en balística y armamento, consta de unos 500 folios más 7 Dvd`s y se ha realizado con cada una de las armas aportando amplia documentación, videografías y elaborada por un perito de prestigio experto en balística y armamento en la que se demuestra que son armas incautadas son antiguas, históricas, artísticas y de coleccionismo y que además como jefe de policía local y como cazador tenía todas las licencias exigidas. En cuanto a la imputación de extorsión el Juzgado continua practicando pruebas ya que la mayoría de los empresarios de hostelería de Coslada que han declarado que no fueron extorsionados y han coincidido que no denuncian y no tienen nada en contra de Ginés y que al principio en mayo de 2008 declararon bajo presión, coacciones, amenazas de ser detenidos por cohecho, y totalmente dirigidos por los policías de la UDYCO de Madrid que redactaron el atestado policial y que hicieron las investigaciones contra Ginés y contra los policías locales de Coslada. Por este motivo y ante esas denuncias de los testigos contra los propios investigadores del “caso Coslada” y por las denuncias formuladas igualmente por Ginés Jiménez contra dichos mandos e instructores del atestado de la “operación Bloque”, el Juzgado ha abierto cuatro causas judiciales contra ellos y ha procedido recientemente a citarles a la sala de los juzgados para declarar también como imputados, tratándose de cuatro mandos de la Brigada Provincial de Policía Judicial de Madrid, dos inspectores y dos subinspectores, que dirigieron la operación policial, que tomaron declaración a testigos y que detuvieron a los policías locales y a su jefe. Los denunciantes son ahora los denunciados. Se les imputa delitos tan graves como  detención ilegal, acusación y denuncia falsas y de la simulación de delitos, falso testimonio e inducción al falso testimonio, coacciones, amenazas, calumnias e injurias, vejaciones injustas y trato vejatorio, falsedad documental, prevaricación de los funcionarios públicos, y malversación de fondos públicos. Declararon ante la autoridad judicial el pasado 7 de mayo de 2012”.

El comunicado de la defensa de Ginés termina con un augurio, en vista de cómo transcurre la instrucción, la vista oral, si se produce, no se celebraría hasta dentro de dos años: “Al día de hoy continúa la instrucción en el Juzgado de forma intensa y activa, practicándose pruebas y cuantas diligencias solicitan las partes personadas, y el juicio que tendrá lugar en la Audiencia Provincial de Madrid tardará dos años como mínimo”.

 

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