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28 May 2013 |
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Los edificios anteriores a 1997 que lo acrediten podrán tender ropa en horas determinadasEl Pleno del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, en sesión ordinaria celebrada ayer, aprobó definitivamente la modificación de la ‘Ordenanza para la protección y conservación del medio ambiente, la naturaleza y el entorno urbano del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama (OMA)’, tras resolverse las alegaciones presentadas. Se ha incluido en el artículo 471 de la citada norma, que regula los deberes de ornato y estética en el municipio, un nuevo apartado que prohíbe “tender o exponer ropas, prendas de vestir y elementos domésticos en balcones, ventanas, antepechos, terrazas exteriores o paramentos de edificios situados hacia la vía pública o cuando sean visibles desde el exterior, pudiendo utilizarse tendederos en balcones y terrazas cuando, por la altura, no sean visibles desde la vía pública”. El incumplimiento de este apartado será sancionado como infracción leve. En la aprobación definitiva se ha añadido una disposición transitoria que permite autorizar excepciones a la norma general. De esta manera, en las viviendas construidas antes de 1997, que acrediten la imposibilidad de no tender hacia el exterior por carecer la vivienda del lugar habilitado para ello, se podrá hacer en determinadas franjas horarias. Estos periodos serán diferentes según la época del año. |