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30
Ago
2023
FACUA denuncia al Festival Gigante por no dejar entrar con comida PDF Imprimir E-mail
Zona Este - Sociedad Alcalá
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Foto cedida por FACUAComienza esta noche en Alcalá

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid a Sideral Music SL, promotora del Festival Gigante que se celebra desde el jueves 31 de agosto al 2 de septiembre en Alcalá de Henares, por impedir el acceso al recinto con comida y bebida del exterior.

En la denuncia FACUA advierte que la actividad principal de la promotora no es la hostelería, sino un evento musical, por lo que la prohibición de acceder con comidas y bebidas constituye una cláusula abusiva conforme al artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

La asociación ha advertido que se trata de una empresa que reincide en los últimos años en estas presuntas irregularidades, y que ya en otras ocasiones ha sido denunciada por estas prácticas que atentan contra los derechos de los consumidores. La falta de acciones contundentes por parte de las administraciones con competencia en materia de Consumo no disuade de que estas imposiciones y abusos contra los intereses de los consumidores sigan marcando la celebración de los festivales.

Como ha constatado FACUA, la organización exhibe esta imposición en la web del evento. "La Promotora se reserva el derecho de admisión. Se denegará el acceso, o permanencia en el recinto musical o parking a los Usuarios que (...) introduzcan, porten o utilicen cualquier clase de armas o de objetos que pudieran producir los mismos efectos, como elementos punzantes, cortantes, o que se estimen peligrosos para la seguridad. Tampoco se permitirá la entrada de comida y bebida en el recinto musical", cita la página.

La asociación ha recordado que, conforme al artículo 50 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, y a sus apartados 5 y 8, "constituyen infracciones en materia de normalización técnica, comercial y de prestación de servicios, así como en materia de condiciones o técnicas de venta y suministro de bienes o servicios", y añade: "la inclusión de cláusulas abusivas en las condiciones generales de los contratos y las ofertas publicitarias, así como la realización de prácticas no consentidas expresamente por los consumidores que, según la legislación aplicable, resulten abusivas y lesionen sus derechos".

El artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge que "se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato".

La antigua Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) -ahora, Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan)-, publicó en 2016 un informe relacionado con este mismo asunto, en aquella ocasión con la prohibición en cines, en el que concluía que existía una "cláusula abusiva" ya que el consumidor "se ve privado de la prestación principal, de forma injustificada, habiendo abonado la entrada, en base a una limitación impuesta unilateralmente respecto a un servicio accesorio que no ha solicitado, y teniendo en cuenta que la actividad básica de la empresa no es la venta y distribución de comida y bebida".

FACUA llama a los afectados por esta cláusula abusiva a reclamar ante la promotora del Festival Gigante de Alcalá de Henares, y recuerda que pueden acudir a la asociación para defender los derechos que les asisten como consumidores.

Al mismo tiempo, la asociación insta a las autoridades de consumo autonómicas a abrir expedientes sancionadores por las infracciones que puedan cometer, en línea con lo denunciado, para salvaguardar los derechos de los usuarios.

 

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