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02
Feb
2021
Anulan el despido colectivo de 25 trabajadores de limpieza del Parador de Alcalá PDF Imprimir E-mail
Zona Este - Sociedad Alcalá
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Foto cedida por CCOO MadridEl TSJM considera que la negativa de la empresa a aceptar los contratos de trabajo que tenían en vigor es causa de nulidad del despido

Tras la denuncia de CCOO Servicios, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado nulo «el cese acontecido el 16 de septiembre de 2020 en el centro de trabajo del Parador de Alcalá de Henares de los 25 trabajadores del servicio de limpieza», ya que entiende que «la negativa a subrogarse en sus contratos de trabajo por parte de EULEN S.A., constituye un despido colectivo que declaramos nulo».

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado nulo el despido colectivo en el Parador de Alcalá de Henares que afectó a 25 trabajadores del servicio de limpieza debido a la negativa de la empresa EULEN S.A. a subrogarse en sus contratos de trabajo.

Paradores de Turismo de España subcontrata a empresas externas para que se hagan cargo de la limpieza, lo que incluye la limpieza de habitaciones, que es una actividad esencial en un hotel. Estas subcontrataciones son muy escasas y están sujetas al compromiso que Paradores adquirió con la Representación Legal de las Personas Trabajadoras, a instancia de CCOO, de que a este personal se le aplique el Convenio Provincial de Hostelería y/o Hospedaje correspondiente.

El pasado mes de agosto se adjudicó a la empresa EULEN un contrato para la realización de este servicio en los Paradores situados en la zona centro, sur y Canarias. En dicho contrato se establece la obligación de subrogación del personal que desarrollaba su labor con la anterior empresa adjudicataria (SAMIC IBERIA).

El 14 de septiembre EULEN informa al personal de limpieza del Parador de Alcalá de Henares de que no va a proceder a asumir la relación laboral que tenían con la anterior empresa. Esta decisión se debe a que EULEN no está dispuesta a cumplir con el requisito que establece Paradores de aplicar convenio de Hospedaje a las trabajadoras que hacen funciones de camareras de pisos. El 16 de septiembre de 2020 estas trabajadoras son dadas de baja en la Seguridad Social. Paradores, ante esta situación, decidió «ponerse de perfil».

Ahora, el TSJM declara nulo este despido condenando «a EULEN S.A a estar y pasar por tal pronunciamiento, con los efectos inherentes, incluido el abono a los trabajadores afectados por el despido colectivo de los salarios dejados de percibir; y reconociéndose el derecho de dichos trabajadores a la inmediata reincorporación en sus puestos de trabajo».

Con independencia de que Paradores no ha sido condenada en esta ocasión, CCOO Servicios entiende que debe hacerse responsable de hacer cumplir sus propias normas laborales, sobre todo teniendo en cuenta que es una empresa de titularidad pública. En cualquier caso, no es demasiado tarde para que Paradores demuestre su responsabilidad para con su plantilla puesto que está en sus manos que estas trabajadoras se incorporen cuanto antes a su puesto de trabajo. Lo único que tiene que hacer es exigir a EULEN que no recurra la sentencia.

 

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