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08
May
2012
La Junta de Gobierno de Alcalá aprueba por decreto el nuevo convenio colectivo PDF Imprimir E-mail
Zona Este - Alcala de Henares
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El Gobierno Local no ha titubeado a la hora de sacar adelante el decreto. Foto cedida por Ayuntamiento de AlcaláEl Ayuntamiento suspende toda la agenda prevista para hoy en previsión de las protestas de los trabajadores municipales

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcalá de Henares ha aprobado hoy el Convenio Colectivo que determina las condiciones de trabajo de los funcionarios públicos municipales y, por otro lado, la suspensión y modificación de determinados artículos del Convenio Colectivo del personal laboral. La portavoz del gobierno municipal y edil de Recursos Humanos, Marta Viñuelas, ha explicado que “es un buen acuerdo para los trabajadores municipales que garantiza el mantenimiento de la plantilla y de la calidad de los servicios públicos que se prestan y la apuesta firme y decidida por la conciliación de la vida laboral y familiar”, con el medidas por encima de lo que marca la ley, como la baja maternal de 20 semanas.

Asimismo, Viñuelas ha destacado la voluntad negociadora del equipo gobierno, que se traduce en el hecho de que “el convenio incorpora una veintena de aportaciones de los sindicatos” y en la posibilidad de “modificar estas condiciones que hoy aprobamos si las circunstancias económicas mejoran”. La aplicación de las nuevas condiciones de trabajo de los funcionarios municipales por parte del equipo de Gobierno –a partir del 1 de junio-, unido a la incorporación de importantes reivindicaciones sindicales, hace que el ahorro anual (en productividad y económico) sea de más de 19 millones de euros.

Desde la primera reunión de la Mesa Negociadora, celebrada el pasado 12 de enero, se han incorporado casi una veintena de propuestas realizadas por los sindicatos:

  • Mantenimiento del plus de asistencia a juicios (124.000 €/año)
  • Mantenimiento del plus de jornada nocturna (20.000 €/año)
  • Mantenimiento del plus de jornada partida (5.000 €/año)
  • Mantenimiento del plus de disponibilidad (26.000 €/año)
  • Mantenimiento del plus de turnicidad (9.000 €/año)
  • Mantenimiento del plus de kilometraje (11.000 €/año)
  • Mantenimiento del plus de sábados
  • Mantenimiento del plus de domingos (130.000 €/año)
  • Mantenimiento del plus de festivos (50.000 €/año)
  • Mantenimiento del complemento por incapacidad temporal (1.000.000 €/año)
  • Aumento a 600.000 € del fondo de acción social, haciéndolo escalonado (ahorro anual de 1.415.000€)
  • Mantenimiento de la posibilidad de que la Policía Local disfrute sus vacaciones en agosto (234.000 €)
  • Mantenimiento de la calidad de socios de los empleados públicos en las instalaciones municipales
  • Mantenimiento de la mitad del banco de horas
  • No externalización del servicio de limpieza de edificios
  • Estudio de las diferencias económicas para una Comisión posterior

Además, se han incorporado al texto otras iniciativas sindicales que redundan en la idea de ahorro, como la amortización de 130 plazas vacantes en la plantilla y la amortización de aquellas que se vayan quedando en dicha situación por jubilación de sus titulares, salvo en casos que afecten a servicios esenciales municipales.

En tiempos de bonanza –ha explicado Viñuelas- se han podido permitir ventajas para los funcionarios municipales, pero teniendo en cuenta que acabamos de aprobar un Plan de Viabilidad al cual nos tenemos que ajustar, y por sentido común y sensibilidad con la situación económica de muchos alcalaínos, hay ciertas cosas en las que no podemos ceder”. Asuntos en los que no ha sido posible el acuerdos son: la aplicación y la cantidad global del Fondo de Acción Social, la reorganización de los turnos de trabajo del Parque Municipal de Servicios (tres turnos, uno de ellos de fin de semana, acabando con gran parte de la disponibilidad y con casi la totalidad de horas extraordinarias), la aportación municipal al plan de pensiones de los empleados públicos, el aumento de la jornada laboral a 37,5 horas semanales, la gratuidad de la renovación del carné de conducir, la rebaja del número de días de asuntos particulares (‘moscosos’), la rebaja de ciertos permisos extraordinarios, la reducción de horas sindicales y la eliminación de los liberados sindicales institucionales y la eliminación de la jornada de verano.

 

Resumen de las condiciones de trabajo de los empleados públicos del Ayuntamiento de Alcalá de Henares

Plus de asistencia a juicios:

  • Juicios Madrid: 140,27 €
  • Juicios Alcalá de Henares: 56,25 €

Plus de nocturnidad: 3,20 € por hora trabajada.

Plus de jornada partida:

  • Una tarde/semana: 59,35 €
  • Dos tardes/semana: 111,58 €
  • Tres tardes/semana: 142,50 €
  • Cuatro tardes/semana: 180,50 €
  • Cinco tardes/semana: 247,00 €

Plus de turnicidad: 89,99 € mensuales.

Plus de disponibilidad: 2,30€/hora.

Préstamos y anticipos: Anticipos de hasta una mensualidad de la nómina o de la paga extraordinaria y préstamos sin intereses de hasta 2000 € a devolver hasta en 24 mensualidades.

Asistencia letrada municipal a los funcionarios municipales que lo soliciten previamente y la precisen por razón de conflictos derivados de la prestación del servicio.

Seguro de vida y accidentes en el servicio

  • Muerte derivada de enfermedad común, invalidez permanente en los grados de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez por enfermedad común y enfermedad profesional: 30.000 €
  • Muerte por accidente: 60.000 €

Derecho a cambio de puesto de trabajo por motivos de salud

Reconocimientos médicos completos anuales.

Derecho a la formación continua: computando el tiempo como de trabajo en la mayoría de los casos.

Disfrute de las instalaciones deportivas y culturales municipales: Para los empleados y sus familias, considerándolos socios de las mismas.

En aras de la conciliación de la vida familiar, laboral y personal:

  • 20 semanas de maternidad
  • Derecho a ausentarse del puesto de trabajo para someterse a técnicas de fecundación asistida.
  • Una hora diaria de lactancia de hijo menor de 12 meses o 30 jornadas laborales acumuladas al permiso de maternidad
  • Permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave: reducción de la jornada hasta la mitad de la misma percibiendo todas las retribuciones.
  • Derecho a ausentarse del trabajo por el tiempo indispensable para asistir a reuniones de coordinación del centro de educación, centros ocupacionales y/o de atención a discapacidades profundas donde reciban atención y/o tratamiento o para acompañamiento si ha de recibir apoyo adicional en el ámbito sanitario de hijos o familiares dependientes que sean discapacitados físicos, psíquicos o sensoriales.
  • Reducción de hasta el 50% de la jornada laboral, hasta un máximo de 2 meses para la atención de un familiar en primer grado de consanguinidad o afinidad, por razón de enfermedad muy grave.
  • Reducción de jornada de hasta el 50% con reducción de retribuciones por guarda legal de menores de 12 años, ascendientes o familiares dentro del segundo grado con discapacidad que no tengan actividad retribuida.
  • 15 días por matrimonio o pareja de hecho
  • 15 días de paternidad
  • 3 a 5 días hábiles por fallecimiento, intervención quirúrgica,  hospitalización o enfermedad grave de familiares hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad.
  • 15 días naturales para el caso de fallecimiento del hijo, hija, cónyuge o pareja de hecho.
  • 1 día natural en caso de matrimonio de hijos, hijas y padres.
  • 2 días naturales en caso de traslado de domicilio.
  • Para la realización de exámenes en organismos oficiales regladas: durante el día de su celebración.
  • 6 días por asuntos particulares (2 más al cumplir el 6º trienio, otro al 8º, 9º y
  • Sucesivos).

22 días hábiles de vacaciones al año, uno más a los 15, 20, 25 y 30 años de servicio.

Una hora de reducción de jornada en ferias, canjeable por un día libre.

Del tiempo necesario para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, debidamente justificado, como son

  • Las citaciones de comparecencia ante órganos judiciales y de la administración.
  • La asistencia a órganos de gobierno de las entidades locales y sus organismos autónomos, así como de los demás entes territoriales, sus consejos, juntas etc.
  • El ejercicio del derecho al sufragio
  • Los contemplados para los candidatos electorales en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General.
  • Las citaciones por comparecencia ante Organismos y Entes Públicos.
  • Los requerimientos notariales cuando se justifique documentalmente la imposibilidad de acudir fuera de la jornada laboral.

Del tiempo indispensable para ir al médico o acompañar a familiares de primer grado dependientes o a otros discapacitados.

Premio especial de antigüedad, a los veinte años de servicio continuado, consistente en el disfrute por una sola vez, de una semana adicional de vacaciones y un diploma de la Corporación

Utilización libre del 50% del banco de horas disponible. El resto, lo podrán disfrutar en el momento previo a la extinción de la relación laboral con el ayuntamiento.

El personal que tenga hijos/as con una discapacidad igual superior al 33% e inferior al 65% menores de edad, recibirá la cantidad de 175€ al mes.

Por prótesis:

  • Subgrupos A1 y A2: 75€ anuales
  • Subgrupo C1: 400€ anuales
  • Subgrupo C2: 500€ anuales
  • Agrup. Prof.: 600€ anuales

En caso de matrimonio o nacimiento de hijos/as y adopción, la cantidad de hasta 175 €

Ayuda por estudios. Importes máximos anuales:

  • Educación Infantil: 60€
  • Educación primaria: 60€
  • Educación secundaria: 90€
  • Bachillerato, Formación Profesional: 90€
  • Estudios Universitarios (Licenciaturas y Diplomaturas de Escuelas Oficiales), incluidos los estudios de Doctorado, Másters Universitarios y el programa especial de convalidación impartido en facultades o Escuelas Universitarias: 150€
  • Curso de Especialización de Educación Infantil: 90 €
  • Estudios de Idiomas impartidos en Escuelas Oficiales de Idiomas y Programa
  • “That’s English”: 90 €
  • Curso de Acceso Directo a la Universidad para mayores de 25 años: 90 €
  • Estudios de Música impartidos por Conservatorios Oficiales de Música: 90 €
  • Estudios de Arte Dramático, Danza, Artes Plásticas y Diseño, impartidos por
  • Centros Oficiales: 90 €

 

 

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