20
Ene
2013
Madrid solo bonifica el impuesto de sucesiones a los descendientes directos Imprimir
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Según el Gobierno Regional, en 2012 se recaudaron 519 millones de euros

La Comunidad mantiene en 2013 la bonificación del 99% en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) entre descendientes (hijos, nietos…) y adoptados, cónyuges, ascendiente (padres, abuelos…) y adoptantes. “El Gobierno regional considera que esta bonificación es de justicia, ya que el fallecido o donante ya ha tributado por conseguir sus bienes y se trata de una bonificación a los familiares más cercanos”, explica el viceconsejero de Hacienda, José María Rotellar.

La experiencia de estos años ha demostrado, por un lado, que mantener bonificado al 99% el Impuestos de Sucesiones y donaciones, no ha supuesto una disminución de las cifras de recaudación con respecto al año 2004, último ejercicio antes del proceso de desfiscalización, al multiplicarse exponencialmente las declaraciones por este tributo. La Comunidad de Madrid recaudó el año pasado por ISD cantidades muy similares a las de antes de que este impuesto se bonificara al 99% en los casos de familiares más cercanos, en 2007.

Los derechos reconocidos por este impuesto sumaron 519,2 millones de euros en 2012, lo que supuso incrementar la recaudación un 148% respecto de lo previsto. De esta manera, se superaron con creces los 477 millones, recaudación alcanzada por este impuesto en 2004, último año en el que estaba vigente el impuesto sin desfiscalizar. En cuanto al número de declarantes por el impuesto de donaciones, estos aumentaron exponencialmente desde el año 2004 (5.246 declarantes), cuando todavía estaba vigente. Así, en el 2007 hubo 31.111 declarantes y en 2012 se han registrado 30.030 declaraciones por dicho impuesto. Ese crecimiento también se vio reflejado en el impuesto de sucesiones pasando de 156.620 declarantes en 2004 a 164.838 en 2007 y 181.939 declarantes en 2012.

El impuesto sobre sucesiones grava la transmisión de bienes y derechos por causa de fallecimiento de una persona. Son los herederos o legatarios los que tienen que declarar el Impuesto sobre Sucesiones por la herencia o legado que van a recibir. También tienen que declarar el impuesto aquellas personas que sean beneficiarias de contratos de seguro de vida para caso de fallecimiento del asegurado, cuando la persona que contrató el seguro fuese persona distinta al beneficiario.

La liquidación del impuesto de sucesiones debe presentarse, dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento, en la Comunidad Autónoma donde el fallecido hubiera tenido su residencia habitual la mayor parte del tiempo de los últimos cinco años anteriores a la fecha de fallecimiento Por ejemplo, por el fallecimiento de la madre, fallecida el 2007, un hijo tiene que presentar la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones en la Comunidad de Madrid. Hechos los cálculos oportunos le sale una cuota íntegra de 1.250 € y aplicándose la bonificación del 99 por 100 , en vigor desde 2007, deberá ingresar 12,50 € (el 1% de 1.250 €).

El impuesto de Donaciones ha de presentarse cuando una persona, en vida, cede gratuitamente bienes o derechos a otra. Las personas físicas que reciben la donación tienen que declarar el Impuesto sobre Donaciones por los bienes que reciben gratuitamente. Si quien recibiese los bienes fuese una persona jurídica, el impuesto que deberá presentarse es el Impuesto sobre Sociedades y no el Impuesto de Donaciones. Por ejemplo, si un padre dona a su hijo un inmueble, ubicado en la Comunidad de Madrid, cuyo valor real es de 200.000 euros, el hijo, que es quién recibe la donación, tiene que liquidar el Impuesto sobre Donaciones.

Realizados los cálculos oportunos, le saldría una cuota tributaria de 31.621,21 € y aplicándose la bonificación que tiene regulada la Comunidad de Madrid desde 2006, sólo pagaría 316,21 € (el 1 por 100 de 31.621,21 €) La declaración del impuesto puede presentarse en la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, (Pº del General Martínez Campos, 30) o bien en cualquiera de las 24 Oficinas Liquidadoras del Distrito Hipotecario de Madrid.

El conjunto de medidas fiscales que recogen los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2013 permitirán a los contribuyentes madrileños disponer de una media de 700 euros más al año para consumir, ahorrar e invertir, lo que generará mayor actividad económica y creación de empleo. Así, un año más se consolida la política fiscal puesta en marcha por el Gobierno de la Comunidad de Madrid desde hace nueve años, basada en la rebaja selectiva y ordenada de impuestos combinada con una eficaz política de lucha contra el fraude, que permite que todos paguemos de forma justa. Gracias a estas políticas de rebaja de impuestos aplicadas desde 2003, los madrileños se han ahorrado ya 21.500 millones de euros.