26
Ago
2023
El Supremo tumba el recurso del PSOE sobre los votos nulos de Madrid Imprimir
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Foto cedida por CAMAún les queda un Recurso de Amparo al Constitucional después de tres varapalos jurídicos

Tras las decisiones de la Junta Electoral Provincial y la Junta Electoral Central, el Tribunal Supremo ratificaba el "no" al recuento extraordinario de los 30.000 votos nulos de las elecciones del 23-J en la circunscripción de Madrid, y lo hacía en una durísima sentencia en que critica al PSOE por poner en duda el sistema democrático sin pruebas para ello.

"La mera diferencia numérica en los resultados no es base suficiente para la revisión", afirma la Sala de Vacaciones del Alto Tribunal, en una sentencia en la que también afirma "no hay elementos lógicos, datos aritméticos o cálculos estadísticos solventes que permitan verificar, ni tan siquiera como hipótesis, la relevancia de la revisión del voto en el resultado final y en la atribución del escaño controvertido".

Pero además critican a los socialistas por intentar subvertir el resultado electoral con un recuento de votos "de forma preventiva por si se contemplara alguna errónea apreciación del voto nulo favorable" sin hacer mención al resto de votos nulos que pudiesen favorecer a otros partidos.

Los jueces explican una vez más como funciona el proceso electoral, recordando que deben ser sus interventores y apoderados los que presenten alegaciones en el momento del recuento electoral, es decir, en la noche de las elecciones, por lo que, afirman, "no cabe cuestionar la labor que la ley atribuye a los ciudadanos en el proceso electoral".

Pero a pesar de lo durísimo de la sentencia, si los socialistas quieren este no es el final del camino para recuperar el acta de Javier Rodríguez Palacios. Así esta sentencia, que cierra la trayectoria jurídica del caso, puede ser recurrida en Amparo ante el Tribunal Constitucional si el PSOE considera que se han vulnerado sus derechos fundamentales, lo que, de ser aceptado, obligaría al Supremo a elaborar una nueva sentencia.