04
Nov
2026
Confirman la condena a Dilawar por el crimen de Morata Imprimir
Zona Este - Morata de Tajuña
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Se le considera culpable de tres delitos de homicidio y un delito de quebrantamiento de condena

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 36 años de prisión impuesta a Dilawar Hussein por el homicidio de tres hermanos de Morata de Tajuña, a quienes mató el 17 de diciembre de 2023 a golpes con un palo de hierro por una deuda. Así consta en una sentencia en la que se ratifica la pena por tres delitos de homicidio y un delito de quebrantamiento de condena.

El autor del triple crimen mató a las tres víctimas de fuertes golpes en cabeza y cara con un objeto contundente no encontrado, lo que provocó que los tres murieran de un traumatismo craneoencefálico, y dos días después regresó al lugar del crimen para prender fuego a los tres cuerpos de las víctimas que ya estaban muertos. Señala el Alto Tribunal que "los tres crímenes son realmente execrables por las circunstancias en que se producen y cómo se ejecutan, así como por el regreso al lugar de los crímenes prendiendo fuego a los cuerpos", y el hecho probado refleja el empleo de "una violencia exorbitante, con tres personas de elevada edad y con una forma ejecutiva que evidencia una extraordinaria agresividad en una conducta del recurrente, que no se detuvo solamente en la brutal ejecución del crimen a las tres víctimas, sino que dos días después volvió al lugar donde les había matado para prenderles fuego".

Según los magistrados, esto demuestra "un plus en la perversidad del crimen cuando ya estaban muertos los tres, dado el extraordinario empleo de la violencia con las que los mató a base de golpes, provocándoles un traumatismo craneoencefálico a las tres víctimas, prueba evidente de la brutalidad y crueldad de los tres crímenes". El jurado rechazó la atenuante de confesión porque cuando acudió al puesto de la Guardia Civil a contar lo ocurrido ya conocía que el procedimiento se seguía contra él, por lo que no cabe esta atenuante, lo que es confirmado por el Tribunal Supremo al ser validado también por el TSJ de Madrid: "Hay que recordar que el recurrente acude a dependencias policiales 35 días después del triple crimen, cuando ya sabía que la investigación se había iniciado contra él".