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26 Jun 2024 |
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Por invadir competencias del EstadoEl Consejo de Ministros ha acordado interponer dos recursos de inconstitucionalidad contra la normativa aprobada por la Comunidad de Madrid en 2023 en materia de derechos de las personas trans y LGTBI. Se considera que la normativa de la Comunidad madrileña es "regresiva" eliminando y derogando contenidos de protección de derechos y estableciendo nuevos requisitos o condiciones para su ejercicio. No se impugnan todas las previsiones de la normativa autonómica, sino aquellos aspectos que se consideran anticonstitucionales por ser contrarios a los derechos fundamentales o por invadir competencias del Estado. En concreto, el Gobierno impugnará la excepción que se hace a la prohibición absoluta de las terapias de conversión permitiendo el asesoramiento psicológico o la evaluación psiquiátrica, que a menudo son formas encubiertas de este tipo de pseudoterapias. En segundo lugar, también la patologización que se hace de los menores trans, al obligarles a someterse a un proceso de acompañamiento psicológico o psiquiátrico y a obtener un informe facultativo favorable como condición para iniciar un tratamiento para su transición. La transexualidad no es un trastorno mental y concebirla como tal es contrario a la norma estatal. Implica desconocer el consenso científico internacional y contraviene la doctrina del Tribunal Constitucional. Se va a recurrir la contraposición discriminatoria que hace la ley de las personas trans frente a las mujeres y niñas cuando se les permite usar espacios o equipamientos sin menoscabo de los derechos e intimidad del resto de usuarios, especialmente de las niñas y mujeres. Garantizar los derechos de las personas trans no pone en peligro los derechos de otras personas. El Gobierno considera que la normativa de la Comunidad de Madrid invade las competencias exclusivas del Estado en materia procesal y de procedimiento administrativo al excluir a las organizaciones LGTBI de la condición de interesados en procedimientos penales y administrativos sancionadores, incluso cuando representen a una víctima o perjudicado con su permiso explícito. Se intenta evitar acudir al Tribunal Constitucional, a través de una comisión bilateral en la que no ha sido posible llegar a un acuerdo con la Comunidad de Madrid. Ante esta situación, el Gobierno interpondrá los recursos de inconstitucionalidad con efectos suspensivos, un recurso que también ha interpuesto el Defensor del Pueblo alegando motivos similares. La suspensión supondría que la prohibición de las terapias de conversión tendrá carácter absoluto, que las personas menores que quieran acceder a un tratamiento farmacológico no necesitarían acompañamiento psicológico o psiquiátrico, ni informe médico favorable y que carecerá de eficacia la exclusión de las organizaciones LGTBI como posibles interesadas en los procedimientos penales o administrativos sancionadores. |