13
Mar
2020
Los Ayuntamientos cierran toda su actividad presencial Imprimir
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Foto cedida por Ayuntamiento de San FernandoSólo atenderán trámites telemáticos y congelan los plazos administrativos

El Ayuntamiento de Aranjuez informa que en aras de restringir la propagación del contagio del virus COVID-19 “Coronavirus” y al hilo de las adoptadas por este Ayuntamiento en los días anteriores, se suman las siguientes medidas adoptadas, en relación con la atención a los ciudadanos en los diferentes departamentos municipales, durante el día de hoy 13 de marzo de 2020:

OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

La atención se realizará exclusivamente por vía telemática a través del correo-e : oac@aranjuez.es y telefónica a través del número 900.154.900 en horario de lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas.

La atención presencial quedará limitada a los siguientes casos:

  • Situación de urgencia valorada previa solitud de cita a través de los medios anteriormente indicados.

  • Trámites con urgencia por fecha límite.

DEPARTAMENTO DE RENTAS

La realización de autoliquidaciones asistidas de los distintos impuestos y tasas, no se atenderán presencialmente. Se solicitarán a través del correo-e:  rentas@aranjuez.es.

Para aclaración de cualquier duda sobre temas de gestión tributaria, podrá llamar al número 918090360, marcando las extensiones 1107, 1108, 1110 o 1111.

Toda la presentación de recursos y solicitud de beneficios fiscales se realizará mediante cita previa a través del teléfono 900 154 900 o por correo-e recaudacion@aranjuez.es

DEPARTAMENTO DE RECAUDACIÓN

La solicitud de cartas de pago para abonar deuda se realizará a través del correo-e rvoluntaria@aranjuez.es o llamando al número 918090360 marcando las extensiones 1113 y 1114.

La solicitud de fraccionamientos se realizará a través del correo-e recaudacion@aranjuez.es o llamando al número 918090360 marcando las extensiones 1113 y 1114.

La resolución de recursos contra órdenes de embargo para que se proceda a su levantamiento se solicitará a través del correo-e rejecutiva@aranjuez.es o llamando al número 918090360, marcando las extensiones 1119 y 1122.

El resto de los trámites de rentas y recaudación se atenderán por los medios    telemáticos citados anteriormente.

BIENESTAR SOCIAL

Todas las personas que quieran ser atendidas por los servicios sociales, lo solicitarán a través de:

ATENCIÓN TELEFÓNICA

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas

Teléfono 91 809 03 60 extensiones 1217; 1277 y 1295

De lunes a viernes de 16,30 a 19,30 horas.

Teléfono 91 809 03 60 extensión 1249

CORREO ELECTRÓNICO

Mandando un correo electrónico a serviciossociales@aranjuez.es

ATENCIÓN PRESENCIAL

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas

Sólo se atenderá presencialmente:

  • Las situaciones de urgencia y emergencia social.

  • Las personas citadas en el día y hora indicado por los profesionales de servicios sociales.

  • La recogida de documentación.

Siguiendo con las medidas decretadas para evitar los posibles canales de contagio del coronavirus, quedará suspendido el servicio de atención personalizada en todas las instalaciones municipales de Arganda salvo en casos de extrema urgencia. La atención a la ciudadanía se prestará vía telefónica, a través del 010 o del 918711344

El Ayuntamiento de Madrid ha informado en su página web de una serie de alternativas a la atención presencial en materia tributaria. Así, en función del trámite requerido, se ofrecen las siguientes posibilidades:

Plusvalías

Las autoliquidaciones de plusvalía con cuota a ingresar se realizarán a través de www.madrid.es/plusvalia. El plazo para el cumplimiento de este trámite es de 30 días hábiles desde la transmisión en el caso de intervivos y de seis meses desde el fallecimiento, prorrogables por otros seis para las transmisiones mortis causa.

Atenciones catastrales

Las alteraciones de titularidad catastral se pueden solicitar en cualquier momento de la transmisión. Los casos urgentes se pueden realizar a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es/ o del Catastro. www.sedecatastro.gob.es

Domiciliaciones de impuestos periódicos y cartas de pago

Las domiciliaciones para el pago de impuestos periódicos (pago único/PAC/SEP) pueden realizarse a través del teléfono 010 o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid  http://www.sede.madrid.es/ (MI CARPETA).

En cuanto a la emisión de pago de cartas en ejecutiva o justificantes de pago se puede realizar a través de http://www.madrid.es/duplicadoejecutiva. En los aplazamientos y fraccionamientos de deudas en voluntaria y ejecutiva se puede presentar la solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento. http://www.sede.madrid.es

Pago de deudas y registro

El pago de deudas se puede realizar con tarjeta a través de la sede electrónica del Ayuntamiento http://www.sede.madrid.es/ o del teléfono 010. En cuanto al registro, las solicitudes se pueden presentar a través de la sede slectrónica del Ayuntamiento http://www.sede.madrid.es

Medidas fiscales extraordinarias

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid anunció ayer un paquete de medidas fiscales con el objetivo de mitigar los efectos económicos negativos que se pueden producir en determinados sectores de la economía de la ciudad especialmente perjudicados por la pandemia por coronavirus de COVID-19.

En este sentido, con efectos exclusivos para el ejercicio 2020, se considera que los inmuebles destinados a los usos de ocio y hostelería y comercial son de especial interés o utilidad municipal por circunstancias de empleo. A tal efecto, los bienes inmuebles tendrán derecho a una bonificación del 25 % de la cuota íntegra del impuesto (IBI), que estará condicionada al mantenimiento del promedio de la plantilla de trabajadores durante el periodo impositivo. Esta bonificación se estima que puede beneficiar a más de 106.000 comercios y establecimientos de ocio y hostelería, con un impacto estimado de 53 millones. La bonificación deberá ser solicitada por el sujeto pasivo antes del 15 de junio de 2020.

Además, con efectos exclusivos para el ejercicio 2020, tendrán derecho a una bonificación del 25 % de la cuota íntegra del Impuesto sobre Actividades Económicas los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal por determinados epígrafes: Ocio y Restauración, Agencias de Viaje, Comercial y Grandes Superficies. La bonificación prevista en esta disposición deberá ser solicitada por el sujeto pasivo antes del 15 de junio de 2020 y también estará condicionada al mantenimiento del promedio de la plantilla de trabajadores durante el periodo impositivo. Esta bonificación se estima que puede beneficiar a 15.000 empresas, con un impacto estimado de 10,1 millones de euros.

Moratoria en el periodo de pago voluntario de algunos impuestos

Por otra parte, el Ayuntamiento ha establecido una moratoria para facilitar el pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), la Tasa por Pasos de Vehículos (TPV) y la Tasa de Cajeros Automáticos, cuyo pago está previsto para el período entre el 1 de abril y el 1 de junio de 2020. De esta manera, se retrasa el abono voluntario de los mismos un mes, de forma que comience el periodo voluntario el 1 de mayo y finalice el 30 de junio.

Como continuación de las medidas adoptadas por el Ayuntamiento en los últimos días, en unión a las recomendaciones del Ministerio de Sanidad y la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Alcalá de Henares informa de que, a través de un decreto del alcalde, Javier Rodríguez Palacios, ha tomado las siguientes medidas:

Cese de la actividad presencial del Ayuntamiento

Se ha decretado el cese de la actividad presencial del Ayuntamiento, "garantizando el funcionamiento de los servicios públicos municipales, si bien la modalidad presencial únicamente se mantendrá en la organización del trabajo en relación a aquellas actividades que resulten imprescindibles para garantizar la prestación de los servicios públicos municipales que, por sus especiales características, no admitan su realización en la modalidad no presencial. De esta manera, se dispone la implantación de formas de trabajo no presenciales".

Estas medidas no afectan a servicios esenciales como la Policía Local. Por otra parte, se mantendrá personal suficiente para cubrir los servicios básicos de los departamentos, como por ejemplo: servicios sociales, agua y zonas verdes, limpieza y residuos, mantenimiento de los equipamientos públicos (alumbrado, vías), movilidad y servicios centrales del Ayuntamiento.

Se realizará atención presencial exclusivamente para aquellas gestiones o trámites de carácter urgente. Continuarán activos los canales de información por teléfono (010) y por correo electrónico.

Por último, debido a las circunstancias excepcionales, se adopta la suspensión de los plazos máximos de resolución y notificación de los procedimientos administrativos en curso de tramitación.

Espacios públicos

Asimismo, se han adoptado medidas relacionadas con los espacios públicos, como son:

·        Suspensión de autorizaciones relativas a la instalación en la vía pública de veladores y terrazas

·        Clausura de parques públicos con perímetro cerrado, zonas infantiles y de gimnasia al aire

·        Denegación de las ocupaciones de vía pública hasta el día 26 de marzo

El Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Alcalá de Henares únicamente atenderá de forma presencial aquellos trámites que se consideren absolutamente necesarios y urgentes.

Se recuerda que pueden realizar la mayor parte de sus trámites de forma telemática a través de la web municipal : www.ayto-alcaladehenares.es. Teléfono de información 010 /91 880 28 11 (si llama desde fuera de Alcalá) Correo electrónico: 010@ayto-alcaladehenares.es

El alcalde de San Fernando de Henares, Javier Corpa, ha decretado esta mañana la suspensión de la atención al público presencial en la Casa Consistorial, que queda cerrada al público como medida extraordinaria y preventiva hasta nueva orden. Además, se establecerán servicios mínimos en la Administración local dando cumplimiento, así, a las recomendaciones pautadas por las autoridades sanitarias para evitar la propagación y contagio del Coronavirus (COVID-19).

Por otro lado, se ha acordado suspender la utilización de las salas de velatorio, así como la realización de actos de despedida colectivos en el Tanatorio Municipal. “Estamos tomando decisiones que nos duelen, que son duras y difíciles pero, hoy más que nunca, apelo a la responsabilidad y a la colaboración de los/as vecinos/as, a quienes pido comprensión ante estas necesarias acciones”, indicó el mandatario, quien lanzó un especial agradecimiento a todo el equipo de concejales/as que forman parte del Gobierno, también a portavoces de la oposición, a sindicatos y trabajadores/as públicos/as. “Insto a la ciudadanía a no salir de casa, salvo que sea imprescindible, especialmente, a las personas con mayor factor de riesgo”, concretó el regidor.

Remarcar, asimismo, que el Ayuntamiento ha puesto en marcha una sección específica en la portada de la página web oficial destinada a facilitar el acceso a la información lanzada desde la institución. En la misma, además de datos útiles sobre qué es o cómo se transmite esta enfermedad, el/a usuario/a podrá acceder a zonas de descargas de bandos y comunicados o cartelería e infografías y enlaces de interés.

El Ayuntamiento de San Sebastian de los Reyes suspende la actividad administrativa presencial que se viene desarrollando en los edificios públicos pertenecientes a este Ayuntamiento, conforme a las resoluciones anteriormente adoptadas por esta Administración.

Se consideran como esenciales, al menos, los siguientes servicios públicos:

•-       Policía y Protección Civil

•-       Centro de Atención Integrada a las drogodependencias (CAID)

•-       Servicios sociales (atenciones en situación de emergencia social)

•-       El punto de violencia de género.

•-       Canales de información de emergencias y situaciones de necesidad de las Delegaciones

•-       Los Servicios de inhumación del Cementerio Municipal.

A continuación se relacionan todas las medidas acordadas en la última Junta de Gobierno, celebrada hoy viernes, 13 de marzo, a las 13:30 horas:

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes en sesión celebrada el 13 de marzo de 2020 ha adoptado las siguientes medidas extraordinarias en relación con la prestación de servicios municipales por la situación excepcional generada por el brote COVID-19:

PRIMERO.- En materia de contratación administrativa, adoptar las siguientes medidas:

Primero.- En aplicación de lo dispuesto en el artículo 208 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se acuerda la suspensión de los siguientes contratos durante el plazo de vigencia de las medidas de contención decretadas por las Administraciones:

•-       CON 12/18 Servicio de mediación familiar

•-       CON 27/17 Servicio de Conserjería para Colegios Públicos de Educación Infantil, Primaria, Educación Especial y E.E.I.I. municipales.

•-       CON 61/18 Servicio para la ejecución del programa de apoyo para el fortalecimiento y desarrollo de la convivencia escolar, emocional y social, tolerante e igualitaria

•-       CON 9/18 Servicio para la realización de programa de actividades de ocupación del tiempo libre en días y horarios no lectivos en centros escolares

•-       CON 14/12 Gestión integral del servicio público de la Escuela Municipal de Música y Danza

•-       CON 67/18 Servicio de ejecución del mantenimiento y gestión de las APP´s y tablets del Programa "Sanse Tablet"

•-       CON 41/09 Gestión Escuela infantil Dehesa Vieja

•-       CON 68/18 Servicio de comedor y auxiliare domésticas en las escuelas infantiles y del apoyo a las familias con niños/as con dificultades en el control de esfínteres

•-       CON 17/18 Servicio de cursos de formación y promoción de mujeres de la sección de igualdad

•-       CON 4/20 Servicio de apoyo técnico y logístico en la organización de la "Carrera del Día de la Mujer" (se aplaza al 27-09-2020)

•-       CON 28/19 Servicio de dinamización social y ocupación del ocio y tiempo libre y participación dirigido a personas mayores

•-       CON 6/18 Servicio de actividades preventivas, de apoyo social, estimulación de la memoria y ocupación y tiempo libre desde un enfoque integral dirigido a personas mayores

•-       CON 64/19 Servicio programa Sanse Activo dirigido a personas mayores

•-       CON 59/18 Servicio de control de sala para el Aula de estudio y mediateca del Centro Joven de San Sebastián de los Reyes

•-       CON 63/17 Servicio de coordinación pedagógica y dinamización de la Escuela de Animación y Educación Infantil y juvenil en el tiempo libre de San Sebastián de los Reyes e información, dinamización y participación juvenil dirigido a adolescentes y jóvenes del municipio y de los institutos de Educación Secundaria de San Sebastián de los Reyes

•-       CON 49/17 Servicio de coordinación, control de acceso, gestión de locales de ensayo y dinamización, difusión, asistencia técnica y docencia en las actividades musicales y culturales de San Sebastián de los Reyes

•-       CON 60/19 Servicio de docencia de la Escuela de Animación y Educación Infantil y Juvenil en el tiempo libre de San Sebastián de los Reyes

•-       CON 63/19 Servicio de actividades de ocio y tiempo libre dirigidas a la población infantil

•-       CON 29/18 Servicio para la explotación de la cafetería del Centro Joven

•-       CON 04/16 Servicios postales

•-       CON 03/17 Conserjería del Ayuntamiento

•-       CON 45/17 Servicio de asistencia técnica TAM

•-       CON 23/18 Suministro e instalación de butacas, revestimiento de suelo y luces de balizamiento para el teatro auditorio Adolfo Marsillach

•-       CON 69/17 Suministro de sistema de sonido de sala para el Teatro Auditorio Municipal "Adolfo Marsillach" de San Sebastián de los Reyes.

•-       CON 66/18 Servicio de restauración y cafetería del Centro Municipal de Personas Mayores

•-       CON 22/18 Servicios para explotación de cafetería del campo de hockey de San Sebastián de los Reyes

•-       CON 42/15 concesión cafetería Centro Empresas

•-       CON 35/14 Explotación cafetería Centro Joven

•-       CON 64/04 Concesión de cafetería del Polideportivo

•-       CON 39/12 Cesión y explotación de cafetería del complejo de campos de fútbol  Dehesa Vieja

•-       CON 28/17 Servicio de personal de sala del TAM "Adolfo Marsillach" de San Sebastián de los Reyes

•-       CON 16/17 Gestión de cursos de la Universidad Popular de San Sebastián de los Reyes

•-       CON 17/16 Servicio de asistencia técnica de espectáculos y actividades culturales para la iluminación, sonido, audiovisuales, para el Servicio de Cultura de San Sebastián de los Reyes

•-       CON 15/17 Servicio de estudios de la poesía de la Universidad Popular

•-       CON 55/17 Servicio de atención al público en sábados y apoyo en horario de tarde en las Bibliotecas

•-       CON 48/18 Servicio teleformación y formación Lean Startup

•-       CON 31/17 Servicio de edición de La Plaza

•-       CON 51/19 Lote 1 Plan Formación Continua (Procesos selectivos)

•-       CON 51/19 Lote 2 Plan Formación Continua (Resilencia)

•-       CON 51/19 Lote 3 Plan Formación Continua (Risoterapia)

•-       CON 51/19 Lote 5 Plan Formación Continua (Novedades legislativas)

•-       CON 51/19 Lote 6 Plan Formación Continua (Prevención lesiones músculo-esqueléticos)

•-       CON 51/19 Lote 10 Plan Formación Continua (Manipulación de cargas medios mecánicos)

•-       CON 12/20 Servicio de elaboración de la caldereta y suministro de productos alimenticios y leña para las calderetas populares del 2 de mayo de 2020

En cuanto a los contratos menores afectados por la suspensión serán los siguientes:

PROGRAMA

NOMBRE ACTIVIDAD

FECHA

Entrega Premio Félix Grande

Concierto Cuco Pérez

19-03-2020

Los viernes de la tradición

Tocodebanda (Roberto Tombesi&Corrado Corradi)

13-03-2020

Los viernes de la tradición

Carlos Beceiro y Los Mandolikuentes

20-03-2020

Los viernes de la tradición

Rita Ruivo

27-03-2020

Programación regular TAM

El coronel no tiene quien le escriba

14-03-2020

Programación regular TAM

Miramiró

15-03-2020

Programación regular TAM

Iphigenia en Vallecas

20-03-2020

Programación regular TAM

Concierto "Mujeres de carnes y verso" Juan Valderrama

21-03-2020

Los jueves del cuento

Aurora Maroto

11-03-2020

Los jueves del cuento

Aurora Maroto

19-03-2020

Día del cuento

Elena Octavia (Dos sesiones)

25-03-2020

Semana del libro

Maisa Marbán

1-4-2020

Semana del libro

Paula Carballeira

21-04-2020

Semana del libro

Pep Bruno, S.L.

22-04-2020

 

Optometría Violeta

13-03-2020

El presente acuerdo servirá de acta para los contratistas a efectos de lo dispuesto en el citado art. 208 LCSP y deberá notificarse a aquellos de manera inmediata por parte de los responsables de cada contrato.

Los contratos que conlleven abono de canon al Ayuntamiento estarán exentos de su pago en tanto en cuanto permanezca la situación decretada.

Las indemnizaciones que procedan, en su caso, se determinarán una vez se haya levantado la suspensión, de forma que pueda concretarse el alcance de la misma.

Segundo.- Acordar la suspensión de todos los plazos administrativos de los procedimientos de licitación que se encuentren en marcha, por el tiempo que dure la paralización de actividad.

El presente acuerdo habrá de publicarse en la Plataforma de Contratación del Estado en relación a cada licitación.

Tercero.- La prórroga automática de los contratos prorrogables que puedan vencer en este periodo excepcional y la prórroga forzosa de todos aquellos contratos no prorrogables que venzan durante este periodo.

Cuarto.- De acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, a todos los contratos que hayan de celebrarse por esta Administración para atender las necesidades derivadas de la protección de las personas y del mantenimiento de los servicios esenciales les resultará de aplicación la tramitación de emergencia prevista en el art. 120 LCSP.

El libramiento de los fondos necesarios para hacer frente a los gastos que genere la adopción de medidas para la protección de la salud de las personas frente al COVID-19 se realizarán a justificar.

SEGUNDO.- En materia de Recursos Humanos, se adoptan las siguientes medidas:

Primero: Garantizando el manteniendo de los servicios públicos municipales en todas las Delegaciones, acordar la suspensión de la actividad administrativa presencial que se viene desarrollando en los edificios públicos pertenecientes a este Ayuntamiento, conforme a las resoluciones anteriormente adoptadas por esta Administración.

Se consideran como esenciales, al menos, los siguientes servicios públicos:

•-       Policía y Protección Civil

•-       Centro de Atención Integrada a las drogodependencias (CAID)

•-       Servicios sociales (atenciones en situación de emergencia social)

•-       El punto de violencia de género.

•-       Canales de información de emergencias y situaciones de necesidad de las Delegaciones

•-       Los Servicios de inhumación del Cementerio Municipal.

En cualquier caso, se garantizará la prestación de los servicios esenciales definidos en el artículo 26 de la LRBRL.

Segundo: En mérito de lo anterior, autorizar a todo el personal del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes la permanencia en su domicilio, en tanto dure la suspensión de actividades, con plena disponibilidad para su localización por parte de sus respectivos responsables, siendo factible, en su caso, la realización de teletrabajo.

La concreta adscripción de trabajadores a los servicios que requieran atención presencial se realizará por los responsables de cada servicio o, en su defecto, por el Departamento de Recursos Humanos.

Asimismo, se concretará por los responsables, relación nominativa del personal municipal con especial responsabilidad, que se encargarán personalmente en garantizar la respuesta a situaciones de emergencia y necesidad, habilitándoles al respecto en su caso las herramientas técnicas que precisen.

Tercero: Por los servicios administrativos se adoptarán las medidas necesarias para garantizar el pago de la nómina de su personal y para garantizar el pago de otros gastos inaplazables para el correcto funcionamiento de los servicios municipales.

Cuarto: Publicar la presente resolución en el Tablón de anuncios municipal y Página web, comunicándola así mismo a todo el personal municipal por medios telemáticos.

TERCERO.- Suspender la celebración de las sesiones de todos los órganos colegiados del Ayuntamiento, entendidos estos en el más amplio sentido, e incluyendo Pleno de la Corporación, Comisiones Permanentes, Junta de Gobierno Local, Consejos Sectoriales, Mesas de negociación, Tribunales, grupos de trabajo, etc.

No obstante dicha suspensión, podrán celebrarse sesiones extraordinarias de cualquiera de ellos, si las circunstancias lo hicieran necesario. Particularmente por parte de aquellos órganos creados para ayudar en la toma de decisiones ante la crisis planteada por el COVID-19.

CUARTO.- En materia de Protección Civil, se garantizará la coordinación con los servicios de emergencias sanitarios y de seguridad, mantener el transporte y de asistencia sanitaria, los sistemas de auto protección y protección cuidada y organizar los servicios tanto asistenciales como preventivos del personal de la agrupación de voluntarios de Protección Civil.

QUINTO.- En materia de Obras y Servicios Públicos, se constituye una brigada de incidencias para actuaciones en vía pública o centros administrativos.

SEXTO.- Desde los servicios auxiliares se garantizará la apertura y cierre de los edificios municipales que finalmente queden abiertos.

Desde el servicio de atención ciudadana se garantizará un servicio mínimo para resolver cualquier incidencia de atención presencial.

El servicio de atención telefónica y 010 funcionará con normalidad.

SÉPTIMO.- En el Servicio de Tesorería, se garantizarán los pagos a terceros, con la siguiente prelación:

a.- Emergencias

b.- Ayudas sociales imprescindibles.

c.- Nominas

d.- Resto de pagos a proveedores y subvenciones.

OCTAVO.- Por la Intervención Municipal, se habilitarán los créditos necesarios para cubrir cuantos gastos de emergencia sea preciso realizar.

En caso de que no exista crédito adecuado y suficiente, se procederá a su dotación de conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria.

NOVENO.- En el marco de la seguridad jurídica de las partes intervinientes en los procesos administrativos de cualquier tipo, afectados por la suspensión que ahora se acuerda, se entiende interrumpido hasta que sea levantada la suspensión, el cómputo de todos los plazos de naturaleza administrativa, tanto los de cumplimiento por la Administración, como los de cumplimiento por los interesados, en cualquier tipo de procedimiento administrativo individual o colectivo. Dicha cláusula es aplicable igualmente a las actuaciones de los Organismos Autónomos dependientes de este Ayuntamiento.

DÉCIMO.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en la web municipal, el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en la Plataforma de Contratos del Sector Público.

UNDÉCIMO.- La vigencia de este acuerdo se extiende desde su adopción y tiene carácter indefinido en tanto se mantenga la situación actual.