No reconocen las medidas cautelares del juzgado de instrucción
Cuando parecía que, al menos, la Plaza de España se iba a salvar de la venta al fondo buitre, se producía un sorprendente revés de imprevisibles consecuencias, y es que el Registro de la Propiedad de San Fernando rechazaba inscribir como bien público la plaza al no considerar competente al juzgado que dictó las medidas cautelares.
Así la registradora enviaba al juzgado número 5 de Coslada una notificación de calificación por la que “suspende la calificación solicitada” al considerar que es la Ley Concursal la que debe aplicarse en este caso. Y la registradora, además, acompaña su argumento de abundante jurisprudencia afirmando que sólo el juez concursal podrá declarar medidas cautelares.
La posición de la registradora, que puede ser recurrida, es exactamente la misma que la adoptada por el Administrador Concursal, si bien éste pedía al juez la paralización preventiva del proceso de venta de la Plaza a Pacífica Gestión hasta que haya una decisión definitiva.
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