25
May
2019
El Supremo tumba la tasa que cobra Torrejón a los bancos para proteger sus viviendas de los okupas Imprimir
TorreNews - Política Torrejón
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El Alto Tribunal da la razón a IU y dictamina que no se puede utilizar dinero público para salvaguardar los intereses de entidades privadas

El Tribunal Supremo, en sentencia firme del pasado 22 de mayo, ha fallado a favor de la demanda presentada por Izquierda Unida de Torrejón, a través del grupo municipal Ganar Torrejón, y como consecuencia de ello el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz no podrá generar una tasa propia para pagar con fondos públicos un servicio de vigilancia especial de las viviendas vacías de entidades financieras y fondos de inversión.

Tal y como reconoce la sentencia "no tiene encaje en nuestro ordenamiento jurídico una tasa por prevención y vigilancia especial de viviendas, como la exigida por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, en tanto que incumple el principio de legalidad al no determinar con la claridad y la previsión exigida el hecho imponible, por cuanto su delimitación incurre en pura tautología, está vacía de contenido y viene a identificar un supuesto paradigmático de vigilancia pública general" que no reconoce la ley.

La decisión de generar esta tasa de protección especial de los intereses inmobiliarios de bancos y entidades financieras se adoptó en el pleno de 29 de diciembre de 2015 por decisión de la mayoría absoluta del Partido Popular. Desde el primer momento, el grupo municipal Ganar Torrejón se mostró contrario a la utilización de dinero público para financiar la vigilancia privada de las viviendas vacías de entidades financieras de todo tipo. Ahora, la sentencia del Supremo pone de manifiesto que esa labor de vigilancia compete a las instituciones públicas por competencias propias, sin necesidad de que para ello se arbitren medidas especiales de carácter privado.

Además, la sentencia echa por tierra los argumentos torticeros esgrimidos por la defensa del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz alegando que la tasa pretende prevenir la ocupación ilegal de viviendas, a lo que el Tribunal Supremo responde que eso está muy bien pero que no es competencia del Ayuntamiento de Torrejón hacerlo y que, en cualquier caso, la prevención de esas acciones no se resuelve con tasas sino con la aplicación del artículo 245 del Código Penal que regula el riesgo de usurpación de vivienda y al que, previsiblemente, ya se dedican los Cuerpos de Seguridad del Estado en el ejercicio de sus competencias habituales, sin necesidad de reforzar dichos servicios con otros especiales.

"Lo que hay detrás de todo esto es un deseo manifiesto de apoyar a las entidades financieras y a los fondos de inversión, que tan bien se llevan con el Partido Popular de Madrid como se ha puesto de manifiesto estos años atrás, también en Torrejón de Ardoz, para que puedan mantener vacías sus viviendas sin el riesgo de usurpación que sí que sufren los particulares y así, de este modo, mantener en alza un mercado inmobiliario que beneficia a estas entidades financieras que aprovechan para subir precios y alimentar la burbuja inmobiliaria", asegura Paco Hernández, portavoz de Ganar Torrejón y candidato a la Alcaldía de Torrejón por Madrid en Pie - Torrejón de Ardoz.

"Y ahora el Partido Popular nos acusará de querer proteger a los bancos al evitarles pagar una tasa especial, porque ese será su argumento. Y yo les digo... pero ¿qué daño puede hacer a los bancos una tasa de estas características teniendo en cuenta sus cuentas de resultados? ¿Además, no hay que preocuparse mucho de los bancos y este tipo de fondos de inversión que lo que tengan que pagar por un sitio nos lo cobrarán por otro a los usuarios? Lo importante de esta sentencia, no es que evitemos que los bancos paguen la tasa... lo importante es que no se va incumplir la ley por decisión unilateral del Gobierno absolutista del Partido Popular en Torrejón de Ardoz y que la policía local de Torrejón seguirá vigilando nuestras calles cumpliendo con sus obligaciones y competencias legales y profesionales sin detenerse a proteger más a unos que a otros", concluye Hernández.

Entre las pretensiones del Partido Popular, y que ahora el Supremo ha tumbado, estaba la dotación de un vehículo patrulla con dos agentes uniformados y un vehículo camuflado con dos agentes de paisano, realizando un servicio de 24 horas durante 7 días a la semana, con los diferentes relevos de turno. Para ello el PP había establecido un coste de 30 euros/hora por agente y 45 euros/hora en el caso de sargentos. El Tribunal Supremo, en la línea de lo que en su día ya denunciara Ganar Torrejón, estima que esta decisión del Partido Popular ha llevado al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz a infringir la Ley reguladora de las Haciendas Locales y, de manera específica, los artículos 20, 1 y 2 y 21.1.c).

"Esta es una más de las decisiones irresponsables del Gobierno municipal de Torrejón de Ardoz y, en este caso, de su Director de Hacienda, Marcos López Álvarez responsable de toda la ingeniería financiera que el PP ha tramado en el Ayuntamiento de Torrejón para elevar la deuda hasta niveles inauditos, o que ha provocado decisiones como incrementar en el año 2012 (en plena crisis económica)  por encima del 35% el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, o situar las tarifas del Impuesto de Vehículos en el máximo permitido por la Ley, la de no pagar los impuestos de tres facturas de la EMVS por importe de más de 23 millones de euros, entre otras cosas. Como premio, ahora, este personaje se incorpora a la lista electoral del PP en Torrejón en el número 9", asegura Hernández.

"Exigimos responsabilidades al Alcalde por su implicación directa en estas decisiones, por amparar estas gestiones bajo su Gobierno, y que se tomen las medidas pertinentes para que Marcos López Álvarez no se integre como concejal en Pleno del Ayuntamiento ni participe en el próximo Gobierno Municipal", concluye el partido.