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22
Feb
2017
La justicia tumba la tasa sobre viviendas vacías en manos de bancos de Torrejón PDF Imprimir E-mail
TorreNews - Política Torrejón
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Condena, además, al Ayuntamiento, al pago de las costas

"El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz ha sido condenado, en sentencia dictada por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a anular la tasa con la que el PP pretendía proteger, haciendo uso de la vigilancia pública, los pisos vacíos sólo de bancos, cajas de ahorro y entidades financieras", tal y como explica Ganar Torrejón en un comunicado.

"La sentencia, que se produce como consecuencia de la denuncia presentada por el grupo municipal Ganar Torrejón (IU-EQUO) tras la aprobación de la ordenanza fiscal reguladora de dicha tasa, condena además al Ayuntamiento de Torrejón al pago de las costas y considera que con su aprobación el equipo de Gobierno municipal ha infringido el artículo 21.1.c. del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales por cuanto pretendía cobrar por el servicio de vigilancia pública algo que, expresamente, prohíbe la legislación vigente por tratarse de una obligación municipal", recuerdan.

"En sus alegaciones, y según hace constar la mencionada sentencia, el Ayuntamiento no es capaz de razonar ni explicar en qué va a consistir el servicio que se va a prestar a las entidades financieras a la hora de vigilar sus viviendas y de manera rotunda, la sentencia afirma que: “pese a que con reiteración se advierte a la demandada de la necesidad de identificar en qué consiste el servicio por el que se gira la tasa, y de diferenciarlo del servicio de vigilancia pública en general, este esfuerzo, acaso por imposible, no se realiza”. La sentencia, además, da un importante tirón de orejas al Gobierno municipal en relación a los argumentos que utiliza para defender su decisión al acusar directamente a los bancos de fomentar el fenómeno de la ocupación ilegal por su “manifiesto desinterés por sacarlas a las venta (las viviendas) en condiciones que no sean ventajosas”, que es lo que dice el PP municipal. En este sentido la sentencia establece que el razonamiento sólo puede girar en sentido contrario al que funda la ordenanza “impidiendo repercutir los costes de prevención del delito a quien lo sufre”, asegura el partido.

Para el portavoz del grupo municipal Ganar Torrejón (IU-EQUO), Paco Hernández, "asistimos sin duda a la victoria de David frente a Goliat. Estamos hablando de que dos concejales han tumbado la decisión arbitraria de catorce, amparados en una mayoría absoluta que les hace tomar decisiones obscenas con las que proteger los intereses de quienes el PP impulsa. Porque… más allá de la ilegalidad manifiesta que supone proteger con dinero público algo que ya se vigila per se, ¿qué otro sentido tiene una tasa que sólo se acuerda de los pisos vacíos de bancos y entidades financieras y no de particulares? Realmente, ¿qué le supone a un banco una tasa de 600 ó 700 euros al año frente al enorme capital que manejan y el patrimonio que gestionan?" La sentencia es susceptible de recurso de casación en los próximos treinta días, contados a partir de la notificación formal de la misma al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

 

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