25
Sep
2019
Comienza el plazo para pedir el voto por correo de cara al 10-N Imprimir
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Foto cedida por Ayuntamiento de ArgandaEstará abierto hasta el 31 de octubre

Una vez convocadas las elecciones generales para el 10 de noviembre y firmado el Real Decreto, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que el plazo de solicitud del voto por correo comprende hasta el próximo 31 de octubre, inclusive, para personas que se encuentren dentro del territorio nacional pero no en el lugar en el que les correspondería votar.

Los impresos de solicitud de voto por correo se encuentran en todas las oficinas postales de Correos de España. Deberá solicitarse a la correspondiente Delegación un certificado de inscripción en el Censo. Esto se realizará en cualquier oficina de Correos mostrando el DNI, permiso de conducir, pasaporte o tarjeta de identidad/residencia de extranjero.

Tras este proceso gratuito, desde la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral se enviará a la persona interesada por correo certificado la documentación para emitir el voto. El plazo para el envío de la documentación por parte de la Delegación es del 28 de octubre al 3 de noviembre. Una vez recibida la documentación y rellenada la papeleta de voto, se debe insertar en el sobre y cerrarla completamente, antes de llevar a cualquier oficina postal el sobre modelo oficial dirigido a la mesa electoral, con el certificado de inscripción en el censo electoral y el sobre de votación con la papeleta. La oficina tramitará, con carácter gratuito, el envío como correo certificado y urgente. La fecha límite es el 6 de noviembre.

En caso de no poder ejercer este proceso en persona por enfermedad o por alguna incapacidad, se debe acreditar tal situación mediante un certificado médico oficial, incluyéndolo junto al impreso de solicitud de voto por correo. En este caso el trámite puede ser realizado por otra persona, autorizada notarialmente.