02
Ene
2026
El Gobierno quiere crear un registro de patinetes Imprimir
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Foto cedida por CAMLos de más de 25 kilos deben tener seguro

Desde el 2 de enero los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal que pesen más de 25 kilos están obligados a contar con un seguro de responsabilidad civil para poder circular. Esta medida fue aprobada por el Congreso en julio de 2023 como parte de una reforma de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, con el objetivo de aumentar la seguridad y la responsabilidad en el uso de estos vehículos.

La nueva normativa establece que los vehículos personales ligeros deben tener un seguro de responsabilidad civil. Este seguro tiene como finalidad garantizar la cobertura de indemnizaciones por daños personales y materiales en caso de accidentes. Las cifras mínimas de cobertura son de al menos 6,45 millones de euros para daños personales y 1,3 millones de euros para daños materiales.

La ley clasifica como vehículos personales ligeros aquellos que cumplen con las siguientes características:

Tienen una o más ruedas y circulan por suelo.

Están diseñados para una única plaza.

Son propulsados por motores eléctricos.

Pueden alcanzar una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h si pesan menos de 25 kilos, o de 6 a 14 km/h si su peso es superior a 25 kilos.

Para poder circular, estos vehículos deben estar inscritos en el Registro de Vehículos de la DGT y contar con un certificado de circulación. Además, deben exhibir una etiqueta identificativa que incluya el número de inscripción o matrícula correspondiente. La DGT ha indicado que la regulación del registro y la inscripción para el seguro obligatorio se implementará a partir del 2 de enero de 2026. Sin embargo, se aclara que la obligación de inscribir los vehículos de movilidad personal no será aplicable hasta que el registro esté completamente regulado y operativo.

Es importante señalar que, a pesar de la nueva normativa, los patinetes eléctricos que pesen más de 25 kilos y que superen los 14 km/h de velocidad están obligados a tener un seguro desde el 2 de enero de 2026, sin necesidad de inscripción previa en el registro. El periodo transitorio para asegurar estos vehículos finalizará el 26 de enero de 2026.

Una vez que el real decreto que regulará el registro de vehículos de movilidad personal entre en vigor, todos los vehículos deberán ser inscritos en el Registro de Vehículos de la DGT mediante un procedimiento telemático a través de la Sede Electrónica de la DGT. La DGT ha enfatizado que el desarrollo técnico de este registro ya ha concluido y que se está tramitando de manera urgente.