20
Mar
2020
El Gobierno suspende todo contrato publico incompatible con la cuarentena Imprimir
Otras Noticias - Comunidad de Madrid
Compartir en MenéameCompartir en TuentiCompartir en Buzz it!Compartir en FacebookCompartir en Twitter

Foto cedida por Ayuntamiento de ParacuellosParacuellos ya lo ha aplicado

Se ha publicado el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 en cuyo artículo 34 se regula una materia crucial para el sector empresarial español. El precepto suspende todo contrato público cuya ejecución devenga imposible como consecuencia del COVID-2019 o como consecuencia de las medidas adoptadas por las diferentes administraciones públicas hasta que pudiera reanudarse la ejecución del servicio mediante notificación del órgano de contratación.

En el día de hoy se ha publicado el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 en cuyo artículo 34 se regula una materia crucial para el sector empresarial español. El precepto suspende todo contrato público cuya ejecución devenga imposible como consecuencia del COVID-2019 o como consecuencia de las medidas adoptadas por las diferentes administraciones públicas hasta que pudiera reanudarse la ejecución del servicio mediante notificación del órgano de contratación.

La aplicación de lo dispuesto solo procederá cuando el órgano de contratación –a instancia del contratista- en el plazo de cinco días naturales aprecie la “imposibilidad de la ejecución”. El contratista debe presentar, antes de esos cinco días naturales, un escrito de solicitud con determinadas formas y requisitos. Adicionalmente, deberá acreditar el cumplimiento unas determinadas condiciones subjetivas por parte del contratista. Desde LaBE Abogados ya tienen preparado el protocolo necesario para que las empresas y particulares no se queden sin la indemnización que les corresponde, pero hay que actuar rápido porque si trascurren esos cinco días naturales podrías quedarte sin indemnización.

El alcalde de Paracuellos de Jarama, Jorge Alberto Campos, ha firmado un decreto por el que se suspenden varios contratos administrativos municipales durante el estado de alarma.

El Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19,  establece que se suspenden los plazos y se interrumpen los procedimientos de las entidades del sector público, reanudándose el computo en el momento en que pierda vigencia el citado decreto o en su caso las prórrogas del mismo. También suspende los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones o derechos durante el plazo de vigencia del estado de alarma y de las prórrogas que se adoptaren.

Teniendo en cuenta que en el Decreto de Alcaldía del pasado 12 de marzo de 2020 se ordenaba el cierre de instalaciones municipales y la consiguiente suspensión de las actividades allí desarrolladas, el alcalde ha decretado suspender los contratos de servicios municipales que se pueden consultar en el archivo adjunto.

Dicha suspensión seguirá hasta que se emita otro decreto que lo modifique y, en todo caso, mientras dure el estado de alarma. El departamento de Contratación realizará los trámites correspondientes al respecto y notificará a las empresas adjudicatarias el presente acuerdo.