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20
May
2013
Rajoy aprueba los nuevos Estatutos de TVE PDF Imprimir E-mail
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Los consejeros solo cobrarán por asistencia a sesiones del Consejo de Administración

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se modifican los Estatutos de la Corporación de Radio y Televisión Española, S.A. La Corporación RTVE es una sociedad mercantil estatal, con especial autonomía, cuya forma es de sociedad anónima, y su capital es de titularidad íntegramente estatal. Se rige por unas leyes específicas, las Leyes de la radio y la televisión de titularidad estatal, del 5 de junio de 2006, y de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española, del 28 de agosto de 2009, por sus estatutos sociales, así como por la legislación audiovisual y las normas reguladoras de las sociedades mercantiles y demás legislación mercantil. Los Estatutos, por tanto, deben ajustarse a lo dispuesto en ellas.

Las modificaciones aprobadas tienen por objeto precisamente, en su mayoría, adaptar los estatutos sociales a la modificación de su ley especial, la Ley de la Radio y la televisión de titularidad estatal, realizada por un Real Decreto Ley del 20 de abril de 2012. En este sentido:

  • Se reduce el número de vocales del Consejo de Administración de doce a nueve miembros.

  • Se da una nueva redacción al régimen de incompatibilidades, distinguiendo las del presidente de las del resto de los miembros del Consejo de Administración. Además de las incompatibilidades propias de los miembros del Consejo de Administración (incompatibilidades establecida en la legislación mercantil para los administradores, siendo en todo caso incompatibles con el mandato parlamentario), el Presidente de la Corporación RTVE, de forma adicional, tendrá dedicación exclusiva y estará sujeto al régimen de incompatibilidades de los altos cargos de la Administración General del Estado

  • Se aclara la posible sustitución en caso de vacante anticipada de alguno de los miembros del Consejo, de forma que la persona a quien se designe lo será por el tiempo que reste del mandato de su antecesor, en términos similares a lo previsto para otros órganos colegiados de la Administración Pública y los órganos de administración de las sociedades mercantiles.

  • Teniendo en cuenta los principios de austeridad y eficiencia que presiden actualmente la configuración del sector público, a excepción del presidente de la Corporación RTVE, se eliminan las retribuciones fijas que hasta ahora recibían los miembros del Consejo de Administración y se sustituyen por indemnizaciones por asistencia a las sesiones del Consejo, de forma similar a lo que sucede en otros entes públicos

  • Se incluye, dentro de los miembros del Consejo Asesor de la Corporación, uno designado de común acuerdo por todos los sindicatos con implantación en la Corporación RTVE.

La modificación estatutaria acordada hoy fue aprobada por su Consejo de Administración, en su sesión del 5 de julio de 2012 y por la Junta General de Accionistas, en su sesión del 30 de octubre de 2012.

 

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