15
Dic
2012
Rajoy aprueba el tercer pago del rescate a Grecia Imprimir
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Es la tercera enmienda del préstamo de ochenta mil millones de euros

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma y la aplicación provisional de la Enmienda al Acuerdo de Servicio de Préstamo de ochenta mil millones de euros entre los siguientes Estados miembros cuya moneda es el euro (Bélgica, Irlanda, España, Francia, Italia, Chipre, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Austria, Portugal, Eslovenia y Finlandia y KfW, actuando en interés público, con sujeción a las instrucciones y acogiéndose a la garantía de la República Federal de Alemania) como prestamistas y la República Helénica como Prestatario, y el Banco de Grecia como Agente del Prestatario, y se atribuye la representación a la Comisión Europea para que firme en nombre de España.

La delicada coyuntura de la economía griega, así como su elevado nivel de deuda pública, condujeron a que Grecia solicitara formalmente el 23 de abril de 2010 ayuda financiera al Eurogrupo, que éste concedió el 2 de mayo de 2010, mediante un paquete de ayudas por tres años de 110.000 millones de euros de los cuales los Estados miembros del euro aportarían 80.000 millones y el resto sería cofinanciado por el Fondo Monetario Internacional a la vez que Grecia se comprometía a llevar a cabo un duro plan de ajuste fiscal.

La asistencia financiera de la Eurozona se articuló en dos Acuerdos ambos firmados el 8 de mayo de 2010: el Acuerdo de Servicio de Préstamo entre Grecia y los Estados miembros del euro por importe de 80.000 millones de euros, y el Acuerdo entre Acreedores, entre los Estados de la Eurozona. El Consejo de Ministros del 7 de mayo de 2010 autorizó la firma y aplicación provisional de ambos Acuerdos y, posteriormente, el 16 de diciembre de 2010, las Cortes Generales dieron su autorización para que España pudiera prestar el consentimiento que obligase al Estado en relación a dichos Acuerdos.

Tras su adopción, el Acuerdo de Servicio de Préstamo ha sufrido varias modificaciones.

Así, por decisión de los Jefes de Estado y de Gobierno de la Zona Euro de 11 de marzo de 2011 se acordó, a la vista de los compromisos contraídos por Grecia en el contexto del programa de ajuste, reducir un 1 por 100 (100 puntos básicos) el tipo de interés y retrasar los vencimientos de todos los préstamos hasta siete años y medio. Para formalizar dicha decisión fue necesario modificar el Acuerdo de Préstamo firmado en mayo de 2010 entre los Estados miembros de la Zona Euro y el gobierno griego. En España el Consejo de Ministros del 10 de junio de 2011 autorizó la firma y la aplicación provisional de esta primera enmienda que fue efectivamente firmada el 14 de junio de 2011 y posteriormente remitida a las Cortes Generales.

Posteriormente, el pasado día 21 de febrero de 2012 el Eurogrupo declaró que los Estados prestamistas habían decidido disminuir aún más, y con carácter retroactivo, el Acuerdo de Préstamo a Grecia, hasta mantener un margen de 150 puntos básicos. Ello permitirá disminuir el ratio de deuda griega, respecto a su PIB, en 2.8 puntos porcentuales y sus necesidades de financiación en alrededor de 1.400 millones de euros. Adicionalmente, se extendió el periodo de carencia de tres a diez años y el periodo de amortización hasta un máximo de quince años. Esta decisión del Eurogrupo se plasmó en la segunda enmienda firmada “ad referéndum” el 27 de febrero de 2012 por la Comisión Europea provista de la oportuna Plenipotencia que la habilitaba para firmar en nombre de España.

El 28 de marzo de 2012 Grecia solicitó a la Comisión la cancelación del importe no desembolsado del total de ochenta mil millones de euros en el marco del mencionado Acuerdo, que ascendía a 24.400 millones de euros. El compromiso del Eurogrupo es que dicho importe se facilitaría, a través de la Facilidad Europea de Estabilidad Financiera (FEEF), bajo el segundo programa de asistencia a Grecia.

En concordancia con ello, el Eurogrupo del 27 de noviembre de 2012 decidió que los Estados miembros de la Zona Euro estarían dispuestos a llevar a cabo las siguientes iniciativas para ayudar a Grecia:

− Rebajar en cien puntos básicos los tipos de interés en los préstamos proporcionados en el contexto del Acuerdo de Servicio de Préstamo a Grecia (que pasarían, por tanto, del actual Euribor 3 meses + 150 puntos básicos hasta Euribor 3 meses + 50 puntos básicos). Los Estados miembros que estén bajo un programa de asistencia financiera completa no participarán en esta rebaja.

− Ampliar en quince años el plazo de los préstamos bilaterales.

Para formalizar estas medidas es necesario llevar a cabo una Enmienda (la tercera) al tratado internacional del Acuerdo de Servicio de Préstamo cuyo texto es objeto de esta propuesta.