29
Jul
2012
La Comunidad realiza una campaña de inspección de empresas de venta de coches usados Imprimir
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Han visitado 36 tiendas, de las que han sancionado a tres

La Comunidad de Madrid inició recientemente una campaña de inspección para proteger los derechos de los consumidores en la venta de vehículos usados, especialmente en establecimientos especializados en la venta de automóviles de segunda mano, mercado en alza en estos momentos de crisis económica. Hasta el momento se han inspeccionado 36 establecimientos en la región, de los cuales ocho empresas han sido apercibidas y tres han sido objeto de apertura de expediente sancionador.

Estas inspecciones ponen de manifiesto que el derecho de los consumidores está garantizado ya que el 70% de las empresas revisadas cumplen con la normativa en la materia. La información al consumidor en este tipo de ventas está recogida en el Decreto Regional 68/2003, de 22 de mayo. Las irregularidades más frecuentes afectan a carteles informativos y fichas de los vehículos, garantías, facturas y contratos.

La Dirección General de Consumo insiste en que los consumidores tienen derecho a ser informados de las características del vehículo expuesto a la venta mediante un cartel identificativo de su marca y modelo, matrícula, antigüedad, kilometraje y precio, con mención a la garantía. En algunos casos se comprobó que las empresas no exhiben carteles informativos y en otros que esos carteles omiten datos importantes.

La garantía legal de un vehículo es común a cualquier compra. Se establece un período de dos años para los coches nuevos y otro menor, no inferior a un año, para los de segunda mano. Durante ese tiempo, el vendedor responde de las averías que no sean fruto del desgaste o falta de mantenimiento del automóvil, en cuyo caso debe atender las reparaciones de todos los elementos del coche. Si el vehículo no pudiera ser reparado, el consumidor podrá solicitar la resolución del contrato y la devolución del dinero abonado. En el caso de los coches de segunda mano se comprobó que las garantías ofrecidas ni son totales ni gratuitas en los plazos en los que manda la ley.

En el caso de las facturas, se omite la duración de la garantía en todos los casos inspeccionados. La legislación de la Comunidad de Madrid de vehículos usados destaca que en la factura que se entregue al comprador deberán consignarse los datos de identificación fiscal, el precio de venta, la identificación del vehículo y la duración de la garantía que posea.

La Dirección General de Consumo coordinó en abril otra campaña de inspección junto a los servicios municipales de consumo en el sector del automóvil con el objetivo de obtener información y ver en qué grado se cumple la normativa. Un total de 14 ayuntamientos se sumaron a esta campaña de inspección en establecimientos de alquiler de vehículos sin conductor, en la que se inspeccionaron un total de 56 establecimientos. De ellos, 34 presentaron irregularidades y fueron requeridos para subsanarlas.

Las irregularidades más comunes fueron relativas a la información previa, la publicidad, los contratos, las cláusulas abusivas y las Hojas de Reclamaciones En el primer caso, se comprobó que el 17% de los establecimientos no informa del precio final completo del servicio; el 10% no informa de las condiciones de de los medios de pago; y el 8,50% no informa sobre la compañía aseguradora en caso de accidente, grados de cobertura y exclusiones.

En el segundo caso, las inspecciones comprobaron que el 26% de los establecimientos que difunden publicidad de sus servicios, lo hace de una forma veraz que no induce a error. En tercer lugar, las inspecciones reflejaron que todos los establecimientos suscriben contratos por arrendamiento y en todos ellos figura el precio del servicio. Sólo en tres casos no figuraban los datos del arrendatario del contrato.

En el apartado de cláusulas abusivas se comprobó que un 43% de los establecimientos incluye este tipo de cláusulas en la vinculación del contrato a la voluntad del arrendador y su exención o limitación de responsabilidades (13%); y en los pactos de de sumisión expresa a juez o tribunal distinto al domicilio del arrendatario o lugar del cumplimiento de la obligación (17%). En el caso de Hojas de Reclamaciones e información sobre su existencia, las irregularidades afectan al 8,5% de los establecimientos inspeccionados.

La Dirección General de Consumo ha registrado reclamaciones de consumidores que utilizan servicios de reparación publicitados de manera engañosa como oficiales en internet. Consumo recomienda que se verifique si la web consultada dispone de un “aviso legal” con domicilio o razón social de la empresa, y que desconfíe si no aparece la leyenda “servicio técnico oficial” aunque figuren los anagramas de la marca.

La Dirección General también ha recibido reclamaciones que denuncian “altas” en contratos de mantenimiento que dicen no haber suscrito con empresas comercializadoras de gas o electricidad. El consumidor puede consultar de manera fiable toda clase de servicios de reparación y mantenimiento técnico en la Región acudiendo a la Asociación Profesional de Empresarios de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones de la Comunidad de Madrid (APIEM) y a la Asociación de Empresarios de Fontanería, Saneamiento, Gas, Calefacción, Climatización, Electricidad, Mantenimiento y Afines de Madrid (ASEFOSAM).