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02
Feb
2013
Los consumidores avisan de que la Ley de Tasas contraviene la normativa europea en materia de arbitraje PDF Imprimir E-mail
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Para el cumplimiento efectivo de un laudo favorable, el consumidor tendrá que pagar 200 euros

"La recientemente aprobada Ley de Tasas Judiciales (Ley 10/2012) supone un grave perjuicio para la ciudadanía al vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva de los consumidores y usuarios. Es curioso que las declaraciones del Gobierno en este aspecto sean bien diferentes al resultado final de la Ley. Lo de favorecer los sistemas extrajudiciales de resolución de conflictos, como el arbitraje de consumo, funciona muy bien como retórica pero se queda en nada si no se establece medida alguna al respecto… e incluso si lo que se pretende es precisamente lo contrario", según afirma ASGECO.

"En lo que parece una nueva prerrogativa para las grandes empresas, el arbitraje ha sufrido un varapalo considerable con la aprobación de la Ley. Hasta ahora, en el caso de que un consumidor que acudiese a arbitraje obtuviese un laudo favorable, si la otra parte no estaba de acuerdo el consumidor acudía a un juez gratuitamente para solicitar su ejecución. No obstante, con la nueva Ley, para proceder a la ejecución será necesario pagar una tasa de 200 euros. Es decir, que desde ahora los miles de consumidores que acuden cada año al sistema arbitral de consumo por cuestiones relacionadas con telefonía, agencias de seguros, electricidad, etc., a reclamar sus derechos legítimos, dependerán de la buena fe de las empresas que ofrecen estos servicios a la hora de reclamar el cumplimiento del laudo (en el caso del arbitraje) o del acta de mediación en cualquier proceso extrajudicial llevado a cabo por las partes", explican.

"Además, esta práctica contradice las políticas europeas de administración de justicia que trata de potenciar los sistemas alternativos de resolución de conflictos. De hecho, el propio Consejo General del Poder Judicial emitió un informe sobre el Anteproyecto de Ley el pasado año advirtiendo de que “para incentivar el uso de los medios alternativos (…), sería conveniente articular un cauce que permita recuperar el importe satisfecho cuando la solución extrajudicial sea exitosa”. Es decir, todo lo contrario a lo que el Gobierno ha aprobado finalmente. Lo anterior supone un golpe profundo para los derechos de los consumidores, para el sistema arbitral de consumo y para la percepción que la ciudadanía tiene del sistema judicial español en todos los sentidos", aseguran los consumidores.

 

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