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18
Ene
2019
Los centros especiales de empleo gestionarán el 2% de los contratos del Ayuntamiento de Madrid PDF Imprimir E-mail
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Foto cedida por Ayuntamiento de MadridPara entrar en el cupo, el 30% de los trabajadores deben tener algún tipo de discapacidad o estar en riesgo de exclusión

El Ayuntamiento de Madrid, en cumplimiento con la legislación contractual europea y estatal, desarrolla políticas de contratación pública inclusiva, dirigidas a promover el empleo y la participación de las personas con discapacidad y de los colectivos con más dificultades para acceder a un puesto de trabajo. Bajo este marco, la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid ha aprobado hoy jueves, 17 de enero, la reserva del 2 % de toda la contratación municipal realizada en 2019 a los centros especiales de empleo de iniciativa social y las empresas de inserción laboral.

La contratación pública juega un papel fundamental como instrumento de desarrollo sostenible, inclusivo, responsable e inteligente. El Gobierno municipal acordó por primera vez en 2016 la reserva a los centros especiales de empleo de iniciativa social y empresas de inserción, aprobando el 0,5 % de los contratos. En 2017 llegó al 0,6 % y en 2018 se estableció en el 0,7 % el porcentaje mínimo. Y este año el compromiso se amplía hasta el 2 %, con el compromiso de aumentar año a año hasta los porcentajes fijados en la nueva Ley de Contratos de forma gradual y controlada.

Dicha proporción se fija teniendo en cuenta la aprobación del Presupuesto General para 2019, calculado ese 2 % sobre los importes de adjudicación de la anualidad correspondiente al año 2018 del conjunto de contratos de suministros y servicios realizados por el propio Ayuntamiento y sus organismos autónomos, conforme a lo previsto en el Anexo VI de la Ley de contratos vigente.

Ejemplo de contratación inclusiva

Durante los nueve primeros meses de 2018 el Ayuntamiento adjudicó 1.974,872 euros en contratos a centros especiales de empleo y empresas de inserción laboral, cuando el importe inicial estimado para todo el año era de 1.471.989 euros. Esto supone, por ejemplo, más de un 44 % más que en 2016 (1.366.937 euros).

Además, entre 2015 y 2018 el número de empresas de inserción con las que contrata el Ayuntamiento ha crecido un 137 %, pasando de ocho a 19 empresas de inserción.

Requisitos

La Ley de Contratos del Sector Público establece que los poderes públicos deben reservar a los centros especiales de empleo de iniciativa social y empresas de inserción el derecho a participar en los contratos del Ayuntamiento y sus organismos autónomos, en el marco de programas de empleo protegido. Para participar en los procedimientos de adjudicación de estos contratos, al menos, el  30 % de los empleados de los centros especiales de empleo y de las empresas de inserción han de ser trabajadores con discapacidad o en riesgo de exclusión social.

Qué entidades se benefician

Las empresas de inserción son aquellas que realizan cualquier actividad económica de producción de bienes y servicios, cuya esencia es la integración y formación sociolaboral de personas en situación de exclusión social.

Respecto a los centros especiales de empleo de iniciativa social, su finalidad es proporcionar a las personas con discapacidad la posibilidad de desempeñar un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales y que facilite su integración en el mercado laboral, cumpliendo la participación en más de un 50 % directa o indirectamente por entidades sin ánimo de lucro.

Cómo se hace efectiva la reserva

La reserva mínima se podrá hacer efectiva, según proceda, de la siguiente forma:

  • A través de contrato menor

  • A través de Acuerdos Marco o contratos basados en los mismos

  • A través de los procedimientos de adjudicación de los contratos regulados en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre: mediante la reserva de la totalidad del contrato a favor de centros especiales de empleo y empresas de inserción; o mediante la división en lotes del objeto del contrato, de forma que uno o varios de los lotes del contrato se reserve a centros especiales de empleo y empresas de inserción, o a través de la subcontratación.

Queda exceptuada de la reserva la contratación de bienes y servicios realizada a través de la adhesión a los sistemas de contratación centralizada de otras administraciones públicas.

 

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