18
Sep
2016
Carmena da prioridad a las empresas de inserción en los contratos municipales Imprimir
Otras Noticias - Madrid
Compartir en MenéameCompartir en TuentiCompartir en Buzz it!Compartir en FacebookCompartir en Twitter

Foto cedida por Ayuntamiento de MadridAl menos el 0,5% de los contratos del Consistorio estarán reservados a estas empresas

Los centros especiales de empleo y las empresas de inserción laboral cuentan con prioridad para acceder a contratos del Ayuntamiento, sus empresas públicas y sus organismos autónomos. Al menos un 0,5% de las adjudicaciones de contratos esta ya reservada a estas entidades. La instrucción decretada esta semana por el Área de Economía y Hacienda es un paso más en la contratación pública responsable con criterios sociales, ambientales, éticos y de innovación.

Las empresas de inserción son aquellas que realizan cualquier actividad económica de producción de bienes y servicios, cuya esencia es la integración y formación sociolaboral de personas en situación de exclusión social.

Respecto a los centros especiales de empleo, su finalidad es proporcionar a las personas con discapacidad la posibilidad de desempeñar un trabajo productivo y remunerado, adecuado a sus características personales y que, por supuesto, facilite su integración en el mercado laboral.

La instrucción de Economía y Hacienda establece una reserva mínima para estas entidades. Para elaborarla han sido consultadas entidades sociales, todas las áreas de gobierno, distritos, organismos autónomos y entidades del sector público.

El porcentaje del 0,5% de los contratos se establece como un mínimo con perspectiva de aumentar en los próximos años. La contratación del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos ascendió en 2014 a 220.316.406 euros, por lo que el 0,5% de reserva de los contratos superaría el millón de euros.

La legislación contractual insta a los poderes públicos a determinar porcentajes mínimos de reserva del derecho a participar en los procesos de adjudicación de determinados contratos o lotes a centros especiales de empleo y a empresas de inserción, o un porcentaje mínimo de reserva de la ejecución de estos contratos en el marco de programas de empleo protegido. La condición es que, al menos, el 30% de los empleados en los centros especiales de empleo, de las empresas de inserción o de los programas sean trabajadores con discapacidad o en riesgo de exclusión social.

El Pleno del Ayuntamiento ha ido dando pasos en este marco desde el otoño pasado. De hecho, acordó en las sesiones de octubre y noviembre de 2015 distintas medidas para favorecer el empleo y la integración laboral de personas con discapacidad y de los colectivos con más dificultades de acceso al empleo, que incluyen el establecimiento, en un plazo no superior a 12 meses, de cláusulas de reserva de participación de los contratos públicos.

Y la junta de gobierno de la ciudad de Madrid, mediante acuerdo de 4 de febrero de 2016, estableció las directrices para aplicar la reserva del derecho a participar en la contratación municipal a los centros especiales de empleo y empresas de inserción, fijando un porcentaje mínimo de reserva de un 0,5% para este ejercicio.

Ahora, dentro del plazo previsto se dicta esta Instrucción cuyo objeto es establecer los criterios de actuación que deberán observarse en el Ayuntamiento de Madrid para cumplir el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).

Esta resolución es de obligado cumplimiento para todos los órganos de contratación del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, así como de las entidades del sector público municipal, que deberán ajustar sus actuaciones a lo previsto en la misma.