23
Dic
2012
La Comunidad recuerda que los cupones premiados caducan en tres meses Imprimir
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Los premios de Navidad están exentos de impuestos, pero los del Niño pagarán un 20% del premio a Hacienda

La Comunidad de Madrid ha colgado en su página web www.madrid.org/consumo algunas recomendaciones ante la celebración del Sorteo Extraordinario de Navidad que se celebra hoy y para el Sorteo Extraordinario del Niño del próximo 6 de enero. En primer lugar, hay que destacar la importancia de no deteriorar el cupón o décimo. Si resultase premiado y estuviera estropeado, el consumidor debería solicitar a Loterías y Apuestas del Estado la comprobación del premio y la autorización parta tratarlo como agraciado.

Consumo advierte asimismo a los consumidores ante la recepción de correos electrónicos con falsos mensajes que indiquen que ha resultado ganador del premio. A veces se intenta estafar al consumidor con mensajes que suplantan logotipos y símbolos de administraciones, donde se le notifica que ha sido premiado con una cantidad de dinero a cambio de un pago en concepto de tasas para el cobro del premio. La Comunidad advierte de que si se paga ese cargo, que suele ser inferior a 3.000 euros, nunca llegará a recibirse el premio.

La Dirección General de Consumo recuerda que, en caso de conseguir un premio superior a 2.500 euros, a partir del 1 de enero de 2013, el dinero que se obtenga de un boleto de Loterías y Apuestas del Estado ya no estará libre de impuestos. En el momento de cobrarlo, se realizará una retención del 20% del total. Los bienes que se adquieran con ese dinero o los intereses que genere ese capital en el banco deben ser declarados y pagar lo correspondiente en el impuesto de la renta.

El consumidor debe tener cuidado con los incentivos que pudiera recibir si resulta premiado, que podrían tratar de blanquear dinero con ofertas de un porcentaje superior al importe total. Ese tipo de transacciones serían perjudiciales para el consumidor ya que, si se accede a la venta, no podrá acreditar después ante Hacienda la procedencia de ese dinero, lo que podría suponer un acta de inspección que le costará buena parte del importe obtenido.

Ante las dudas sobre el cobro de grandes premios, Consumo señala que el banco puede encargarse de hacer todos los trámites con la administración para recibir las retribuciones. Si el consumidor resulta agraciado con un premio en una participación de un décimo, es el emisor de esa participación quien debe aportarle la cantidad que le corresponda. En este caso, el premio no puede reclamarse a la administración de lotería, de ahí la importancia de conservar el documento de participación. En muchos casos, la cantidad total que se juega no coincide con la que se ha pagado, ya que a menudo hay una parte de donación para el emisor de la participación.

Por último, la Dirección General de Consumo recuerda que todos los boletos premiados tienen un plazo de caducidad que viene indicado en el reverso. En el caso de la Lotería Nacional tienen un mes como máximo para el cobro, que son de tres meses en el caso de los premios extraordinarios de Navidad y de El Niño. Si se pasa el plazo, se perderán los derechos a recibir el premio.