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05
Abr
2021
La Junta Electoral condena al PP por el uso de la imagen de Ayuso en la campaña de voto por correo PDF Imprimir E-mail
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Foto cedida por Ayuntamiento de TorrejónEmplaza al PSOE a los tribunales ordinarios si quiere impugnar la lista popular por la presencia de Toni Cantó

Este lunes volvía a reunirse la Junta Electoral de Madrid, y lo hacía para resolver varios asuntos que se le habían planteado en los últimos días. Y, si Ayuso salía más o menos indemne de las resoluciones de la semana pasada, esta vez ocurría justo lo contrario: la Junta Electoral condena al PP por su campaña del voto por correo y tumba los tres recursos que interpusieron los populares contra Podemos, Telemadrid y RTVE en los últimos días. También pide a Podemos que retire una mención del vídeo de su campaña de microcréditos, y se lava las manos en el asunto jurídicamente más complejo: la inclusión de Toni Cantó en la lista del PP

En concreto, la Junta Electoral considera que es ilegal el folleto de la campaña de voto por correo que está repartiendo el PP en sus mesas informativas, y que incluye la foto de Ayuso junto a una palabra “VOTO” en mayúsculas. La denuncia, planteada por Más Madrid, fue admitida a trámite en la última reunión de la Junta Electoral pero, al haberse presentado esa misma mañana, los jueces no tenían tiempo para estudiarla.

Ahora sí lo han hecho, y la resolución es contundente. Consideran que la imagen de Ayuso en el folleto no es accesoria, pues se convierte en el elemento principal, lo que supone una clara violación de la LOREG al ser considerado un acto de campaña electoral fuera del periodo oficial. A pesar de la contundencia, la Junta acuerda no abrir expediente a los populares, si bien les prohíbe repartir el folleto hasta el inicio de la campaña.

Por otra parte, la Junta Electoral decide archivar la denuncia del PP contra Pablo Iglesias por hacer exactamente lo mismo por lo que se le condenó la semana pasada. Así los populares denunciaron un nuevo vídeo del candidato morado grabado en el despacho de Vicepresidencia que servía de despedida del candidato. A diferencia de lo ocurrido la semana pasada, la Junta Electoral no ve delito al no producirse en el vídeo ninguna referencia a logros de la legislatura.

Más contundente es la Junta con otro de los recursos del PP contra Podemos, pues, si bien no observa delito en el vídeo de los microcréditos de la formación morada, sí les pide que retiren la frase “¡Elige la lista electoral de Podemos para las elecciones autonómicas de la Comunidad de Madrid”. Concretamente la Junta explica que la campaña de microcréditos se subsume en la actividad normal de los partidos, por lo que no obliga a retirarla.

La Junta también tumba el recurso de los populares contra Telemadrid y RTVE por informar del juicio de los papeles de Bárcenas en periodo preelectoral. El PP consideraba que informar sobre el proceso “vulneraba los principios de pluralismo, igualdad, proporcionalidad y neutralidad”, algo que los jueces desestiman de plano, al entender que esa vulneración debe referirse a un periodo largo de tiempo, no a un día concreto en el que, además, el partido fue protagonista total de la actualidad. En concreto, las denuncias se referían a los programas “Está Pasando”, “Telenoticias 2” y “Telenoticias 1” de la televisión madrileña, y el programa “La Hora de la 1” de TVE.

El último recurso planteado por los populares se verá en la próxima reunión de la Junta, ya que se presentaba hace pocos días, y en plena Semana Santa. Se trata de la protesta por la gran lona instalada por el PSOE en el Palacio de la Prensa y en la que, junto a una gran foto de Gabilondo, se alude al nuevo “Gobierno de Colón” con fotos de dirigentes de PP y VOX.

Sin embargo, el asunto principal que debía resolver la Junta Electoral, pues es el que puede cambiar el resultado de los comicios, se quedaba en el aire. La Junta Electoral considera que no son ellos los que deben resolver la impugnación de la lista popular por la presencia de Toni Cantó, dando por válida las “subsanaciones” realizadas por el PP en los últimos días, y que se publicarán en el BOCM el próximo jueves. En concreto, la Junta Electoral explica al PSOE, que fueron los que pusieron la demanda, que, si no están de acuerdo con la proclamación de candidatos, deben denunciarlo ante la justicia ordinaria.

 

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