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22
Dic
2020
El Colegio de Médicos pide que no se receten pruebas rápidas PDF Imprimir E-mail
Otras Noticias - Comunidad de Madrid
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Foto cedida por ICOMEMRecuerdan que sus resultados no son válidos para saber si se ha pasado la enfermedad

Ante la comercialización de pruebas de detección rápida de anticuerpos para para el autodiagnóstico de infección por SARS-CoV-2 y la obligatoriedad de prescripción médica para su adquisición el ICOMEM quiere aclarar que:

• Diferentes organizaciones, instituciones y sociedades científicas han aclarado que las pruebas rápidas para la detección de anticuerpos en sangre capilar no están indicadas para diagnosticar la infección aguda por SARS-CoV-2 (COVID-19) y por tanto no deben ser utilizadas con este fin en personas con síntomas ni en individuos asintomáticos. Además, el rendimiento de estas pruebas serológicas rápidas (inmunocromatográficas) para detectar personas que han desarrollado una respuesta inmune tras un contacto con el SARS-CoV-2, es menor que las técnicas serológicas de alto rendimiento (ELISA, CLIA) realizadas en sangre obtenida por venopunción

• La actual Estrategia de Detección Precoz, Vigilancia y Control de COVID-19 del Ministerio de Sanidad y de la Comunidad de Madrid no incluyen estas pruebas serológicas como prueba válida para el diagnóstico de esta infección, indicando que las autoridades de Salud Pública no valorarán ni tendrán en cuenta ningún resultado obtenido mediante estas pruebas.

• El 15 de diciembre de 2020, ante su comercialización, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud adoptó por unanimidad un posicionamiento común de recomendar a los/las profesionales de los servicios de salud la no prescripción estas pruebas de autodiagnóstico de infección por SARS-CoV-2 (COVID-19).

• Es previsible un incremento de la demanda asistencial, principalmente en Atención Primaria, que se encuentra ya muy saturada, como consecuencia de la solicitud de prescripción de estas pruebas a los facultativos, por los pacientes y por la necesidad de resolverles las dudas generadas por los resultados.

• La relación médico paciente sigue siendo la piedra angular del acto médico. Esta relación puede entrar en conflicto ante la demanda de prescripción de dichas pruebas por parte del paciente y el criterio profesional del facultativo contrario a su prescripción.

Por lo dicho anteriormente, las Autoridades sanitarias del Ministerio de Sanidad deben sopesar los inconvenientes que supone el disponer de estas pruebas de detección rápida de anticuerpos para autodiagnóstico y, en su caso, de la necesidad de su prescripción médica.

 

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